NUNCA LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO EN BANCA HABÍAN SIDO TAN ELEVADAS COMO AHORA

Nunca las indemnizaciones por despido en banca habían sido tan elevadas como ahora, según los datos recopilados por el INE. Durante el tercer trimestre de 2015, la compensación abonada a un empleado del sector financiero y asegurador en España ascendió de media a 131.320 euros. Un incremento del 142% respecto al coste del despido que se abonaba a comienzos del ejercicio que viene marcado por el hecho de que los mayores procesos de ajuste aprobados durante el año han sido acometidos por algunas de las mayores entidades de crédito del país. La indemnización media por despido en el conjunto de sectores de la economía española. En el caso del sector servicios el despido medio abonado en el tercer trimestre de 2015 estuvo situado en los 11.959 euros, lo que quiere decir que un despido en banca tiene un coste similar a 11 del sector terciario. El último dato disponible, el coste del mismo en el sector servicios, que engloba al financiero, ha subido solo un 23% y en el caso de la indemnización media del despido en España, el alza ha sido de apenas un 9%.

EL TRIBUNAL SUPREMO PREGUNTA SOBRE UNA POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REFORMA DE ENERGÍAS RENOVABLES

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado una providencia en la que acuerda dar a las partes y al Ministerio Fiscal personadas en cada uno de los 30 recursos, que ya se habían señalado al concluir su tramitación, un plazo de diez días para que formulen alegaciones sobre la procedencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad acerca de algunos preceptos del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico y de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

EL INFRASEGURO ES UNA REALIDAD MUY HABITUAL EN ESPAÑA

Las casas españolas están aseguradas un 32% por debajo de su valor real, según un estudio realizado por la División de Hogar de Línea Directa Aseguradora. Al no tratarse de un seguro obligatorio, muchas familias han optado por reducir las coberturas de su póliza. Las consecuencias son de calado: en caso de siniestro, la compañía aseguradora indemnizará en la misma proporción que el cliente aseguró el riesgo. Es decir, si debía asegurarse el contenido por 50.000 euros y se asegura en póliza por 25.000 euros, la compañía solo abonará el 50% del siniestro. En España aún existen 8,4 millones de casas sin seguro del hogar, un tercio del total. Este producto sigue siendo un gran desconocido, ya que más de 10 millones de propietarios no saben la cantidad por la que tienen aseguradas sus viviendas, 13 millones ignoran sus coberturas y otros tres millones no saben ni cuál es su compañía de seguros actual.

DENUNCIAS POR ACOSO LABORAL

Las denuncias por acoso laboral se han disparado un 60% en lo que llevamos de año, según datos de la Inspección de Trabajo de Cataluña. El año pasado se registraron 275 casos de empleados que consideraban que se había vulnerado su derecho a la intimidad y a la dignidad y, en lo que va de año, los denunciantes ya ascienden a 439, es decir, seis veces más que hace dos años, por lo que les recordamos una vez más la obligatoriedad de disponer en la empresa del pertinente Protocolo para la prevención y tratamiento de situaciones de acoso sexual y laboral .

LA ÚLTIMA REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL HA INTRODUCIDO CAMBIOS IMPORTANTES QUE AFECTAN A LOS ABOGADOS

La última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ha introducido cambios importantes que afectan a los abogados como, por ejemplo, que se reconozca al investigado el derecho a examinar las actuaciones, una cuestión que ha planteado dudas sobre si el letrado, indirectamente, puede tener acceso a ellas y si esto implica acceder a los atestados policiales. Además, el letrado podrá entrevistarse en privado con el detenido incluso antes de que la policía le tome declaración. También se ha reconocido la confidencialidad de las comunicaciones entre abogado e investigado o encausado y se ha reducido el plazo que tiene para la primera asistencia al detenido, pasando de ocho a tres horas, algo que afectará a la gestión del turno de oficio. Asimismo, se introduce la obligación de que el letrado informe al detenido de que, en caso de que se oponga a la recogida de muestras de ADN, el juez puede obligarle.

EL MINISTERIO DE JUSTICIA HA PUESTO EN MARCHA UN NUEVO SERVICIO DE AVISOS POR SMS PARA SEÑALAMIENTOS DE JUICIOS

El Ministerio de Justicia ha puesto en marcha un nuevo servicio de avisos por SMS para señalamientos de juicios que ya está disponible para los procedimientos judiciales que tengan lugar en las sedes de Badajoz, Mérida, Burgos, Cáceres, Ceuta, Ciudad Real, Cuenca, León, Melilla, Murcia, Soria, Valladolid, Ponferrada y Segovia, todas ellas del territorio Ministerio. Los ciudadanos inmersos en un procedimiento judicial pueden registrarse en el servicio denominado Suscripción de avisos de SMS de señalamientos a través de su área privada en la Sede Judicial Electrónica, de manera que el juzgado no interviene; o a petición del ciudadano desde el propio juzgado. Una vez inscritos, recibirán comunicaciones a través de SMS sobre el señalamiento de su juicio.

LA MINISTRA DE EMPLEO HA AVANZADO QUE EL GOBIERNO ELEVARÁ EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL A FINAL DE AÑO

La ministra de Empleo ha avanzado que el Gobierno elevará el Salario Mínimo Interprofesional a final de año, tras una serie de consultas a los interlocutores sociales. Pero no ha entrado a precisar en detalle la cuantía de la subida, lo que en realidad es la clave. “A final de año, consultados los interlocutores sociales y teniendo en cuenta la circunstancia de recuperación económica, se decide la subida. Subirá, pero lo que no puedo decir es en cuánto”, ha subrayado la ministra.

PP, PSOE, CIUDADANOS Y PODEMOS: CONOZCA LAS MEDIDAS LABORALES DE CADA PARTIDO

Tras las elecciones generales del próximo 20 de diciembre muchas cosas pueden cambiar, no sólo en el país, sino también en su empresa. De la derogación inmediata de la Reforma Laboral a la eliminación total de los contratos temporales pasando por la semana laboral de 35 horas o el aumento del salario mínimo interprofesional.

Conozca lo que se propone hacer en materia laboral cada uno de los principales partidos. El 20-D hablarán las urnas:

CIUDADANOS (C´S)

  1. Eliminar los contratos temporales para las nuevas contrataciones.
  2. En línea con lo anterior, se establecerá un Contrato para la Igualdad de Oportunidades (contrato indefinido), que será la norma general de contratación.
  3. Todas las nuevas contrataciones se harán con un contrato indefinido con indemnizaciones crecientes, proporcionales a la antigüedad del trabajador en la empresa. Este cambio no afectará a los contratos existentes.
  4. Adicionalmente a las indemnizaciones por despido que correspondan, se constituirá un Seguro contra el Despido mediante las aportaciones empresariales a una cuenta individual de cada trabajador de un 1% de su salario.
  5. Se establecerá una bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas que despidan menos.

PARTIDO POPULAR (PP)

  1. Implantar un Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2016-2020, centrado especialmente en materia de contratación, siniestralidad laboral, igualdad y no discriminación y formación en el empleo, así como en materia de trabajo no declarado, empleo irregular y fraude a la Seguridad Social.
  2. Aprobar una nueva Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para adaptarla a las nuevas realidades del mercado de trabajo y a las nuevas formas de fraude.
  3. Constituir un Fondo de capitalización para los trabajadores, al estilo del conocido como “sistema austríaco”, es decir, establecer un seguro económico mantenido a lo largo de la vida laboral y financiado previsiblemente tanto con aportaciones empresariales como del trabajador, que se haga efectivo en supuestos concretos como el despido, la movilidad geográfica o la jubilación.
  4. Ampliar la duración de la excedencia por cuidado de hijos en el caso de familias numerosas.
  5. Fomentar una mayor eficiencia en los desplazamientos al lugar de trabajo, impulsando el teletrabajo, la movilidad sostenible y la utilización del transporte colectivo.

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (PSOE)

  1. Suprimir todas las bonificaciones a la contratación, salvo las dedicadas a las personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social o víctimas de violencia de género.
  2. Derogar con carácter inmediato toda la Reforma Laboral.
  3. Recuperar la centralidad de la negociación colectiva, elevar el salario mínimo interprofesional y combatir la precariedad en el empleo.
  4. Recuperar la proporcionalidad del despido, revisar los costes del mismo y la razonabilidad en los despidos colectivos y tratar de garantizar que el despido sea la última medida en los procesos de reestructuración empresarial.
  5. Ampliar el permiso de paternidad, pasando de 2 a 4 semanas y, progresivamente, hacer coincidir su duración con la del permiso de maternidad, además de configurarlo como obligatorio e intransferible.

PODEMOS

  1. Derogar toda la Reforma Laboral y proponer un sistema laboral distinto.
  2. Reformar los programas de incentivos a la contratación. Éstos se canalizarán hacia ayudas directas a programas y actuaciones, en detrimento de instrumentos fiscales o bonificaciones genéricas.
  3. Desarrollar un plan gradual para la implementación de la jornada laboral de 35 horas.
  4. Crear la Oficina Pública de Protección frente a la Discriminaciónque garantice el ejercicio de denuncia ante situaciones de explotación laboral, acoso y discriminación.
  5. Igualar los permisos por nacimiento y adopción, pagados al 100%, para todas las personas progenitoras, sin importar su sexo, orientación sexual o tipo de familia.

“EL QUE SABEM ÉS UNA GOTA D’AIGUA, EL QUE IGNOREM ÉS UN OCEÀ…” (Isaac Newton)

TOTES les empreses disposen d’un crèdit cada any destinat a la formació dels treballadors a càrrec de la Seguretat Social .

Cada any, centenars d’empreses i treballadors assalariats desaprofiten l’OPORTUNITAT  d’obtenir una formació de qualitat i que pot ser  100% bonificada en la majoria dels casos.

Des de Palomo Consultors  volem recordar, en primer lloc, a totes les empreses amb treballadors assalariats, que disposen fins al 31 de desembre de cada any per aprofitar el seu crèdit de formació, que a mode d’exemple serien 420€ com a mínim per a empreses amb almenys un treballador assalariat a la seva plantilla i, en segon lloc, ens agradaria comentar que amb aquesta formació s’aporta un gran valor afegit a la seva empresa, lo qual és transmet dia a dia a tots els seus clients.

Per tant, seria bo que aprofitéssiu tots els  recursos que teniu per a ser més competitius!

Finalment, en cas d’estar interessats en alguna matèria o curs en concret, a part dels que ja us venim oferint, tenim un ventall molt ampli de possibilitats.

 Consulti a les nostres oficines i els assessorarem en tot el que calgui.

 

INSTRUCCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS ELECCIONES AL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS Y AL SENADO

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 7006, de fecha 26 de noviembre de 2015, la Orden EMO/346/2015, de 18 de noviembre, por la cual se establecen las instrucciones necesarias para la participación de las personas trabajadoras en las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado el día 20 de diciembre de 2015. 

Permiso para las personas trabajadoras que el día de las elecciones no disfruten del descanso semanal

• El domingo día 20 de diciembre de 2015, las empresas deberán conceder a los trabajadores que tengan la condición de electores, y que no disfruten ese día del descanso semanal (previsto en el art. 37.1 del Estatuto de  los Trabajadores), un permiso retribuido de, como máximo, 4 horas dentro de la jornada laboral que les corresponda para que puedan ejercer su derecho a voto en las  elecciones al Congreso de los Diputados i al Senado.

  • El permiso mencionado tendrá carácter de no recuperable y será retribuido con el salario que correspondería al trabajador si hubiera prestado sus servicios normalmente.
  • No tendrá que concederse el permiso a los trabajadores que realicen una jornada que coincida parcialmente con el horario de apertura de los colegios electorales si la coincidencia es como máximo de dos horas; si es de más de dos horas y menos de cuatro, se concederá un permiso de dos horas, y si esta coincidencia es de cuatro o más horas se concederá el permiso general de cuatro horas.
  • Se reducirá proporcionalmente la duración del permiso mencionado a los trabajadores que el día de la votación realicen una jornada inferior a la habitual, legal o convenida.
  • No tendrán derecho a ningún permiso los trabajadores que tengan una jornada cuyo horario no coincida ni total ni parcialmente con el de los colegios electorales.

Determinación del momento de utilización de las horas

  • Es potestad del empresario la determinación del momento de utilización de las horas concedidas para la votación, que deberá coincidir con el horario establecido por el colegio electoral.

Justificante de la votación

  • Los empresarios, a los efectos del abono del salario del tiempo utilizado para votar, tendrán derecho a solicitar a sus trabajadores la exhibición del justificante acreditativo de haber votado, expedido por la mesa electoral correspondiente.

Permiso de los miembros de mesa electoral o de interventores que el día de las elecciones no disfruten del descanso semanal

  • A los trabajadores que el 20 de diciembre de 2015 no disfruten del descanso semanal (previsto en el art. 37.1 del Estatuto de los Trabajadores), y que acrediten la condición de miembros de mesa electoral o de interventores, se les concederá un permiso retribuido correspondiente a la jornada completa del día mencionado y además, un permiso retribuido correspondiente a las cinco primeras horas de la jornada laboral del día inmediatamente posterior.
  • Estos permisos, de carácter no recuperable, serán retribuidos por la empresa una vez justificada la actuación como miembro de mesa o interventor.

Permiso de los miembros de mesa electoral o de interventores que el día de las elecciones disfruten del descanso semanal

  • El permiso de las cinco primeras horas del día siguiente, mencionado en el punto anterior, se hace extensivo a todos los trabajadores que disfruten del descanso semanal el día de la votación y que acrediten su condición de miembros de la mesa o interventor, en las mismas condiciones que establece el apartado mencionado.

Permiso de los apoderados que el día de las elecciones no disfruten del descanso semanal

  • Las empresas deben conceder un permiso retribuido y no recuperable, durante la jornada completa del domingo 20 de diciembre de 2015 a los trabajadores que acrediten la condición de apoderados y que este día no disfruten del descanso semanal que prevé el art. 37.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Posibilidad de cambio de turno

  • Si alguno de los trabajadores, que tengan permiso retribuido por ser miembros de la mesa electoral o interventores o apoderados, tuviera que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición de la persona interesada, deberá cambiar el turno para que pueda descansar la noche anterior a las elecciones.

Cálculo del salario de los trabajadores con derecho al permiso

  • Si el salario a percibir por los trabajadores con derecho al permiso retribuido y no recuperable está constituido en parte por prima o incentivo, la mencionada parte se calculará de acuerdo con la media percibida por los trabajadores por el concepto mencionado en los seis meses trabajados inmediatamente anteriores.

Permiso para formular la solicitud de certificación para ejercer el voto por correo

  • Se concederá un permiso, retribuido y de carácter no recuperable, de como máximo cuatro horas libres, dentro de la jornada laboral que les corresponda, a los trabajadores que realicen funciones lejos de su domicilio habitual o en otras condiciones de las cuales se deriven dificultades para ejercer su derecho de sufragio el día 20 de diciembre de 2015, para que puedan formular personalmente la solicitud de certificación necesaria para poder emitir su voto por correo.
  • Este permiso se podrá disfrutar, desde la fecha de la convocatoria hasta el día 10 de diciembre de 2015 y revestirá las mismas condiciones que las establecidas en párrafos anteriores, entendiéndose sustituidas todas las referencias a los colegios electorales o mesas electorales por las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral.​​​