EL RECIBO DE LA LUZ DEL USUARIO MEDIO HA SUFRIDO UNA SUBIDA MENSUAL DEL 3,5%

El recibo de la luz del usuario medio ha sufrido una subida mensual del 3,5%, pasando de los 73,97 euros de octubre a los 76,59 euros de noviembre, según el último análisis de Facua que ha pedido a los partidos un giro de 180 grados en su política energética. Entre enero y noviembre de 2015 la factura eléctrica ha acumulado casi seis puntos de subida (un 5,8%) con respecto a los once primeros meses del año pasado. Facua ha advertido además de que el nuevo sistema de facturación impuesto por el Ministerio de Industria, con una tarifa distinta cada hora para quienes tengan instalados contadores con telegestión, “provocará más subidas ya que se pagará más cara la electricidad en los horarios con mayores niveles de consumo”.

LAS EMPRESAS JAPONESAS DE MÁS DE 50 EMPLEADOS EMPIEZAN A CONTROLAR EL NIVEL DE ESTRÉS DE SUS TRABAJADORES UNA VEZ AL AÑO

Las empresas japonesas de más de 50 empleados empiezan a controlar el nivel de estrés de sus trabajadores una vez al año, según informa la cadena pública NHK. Se trata de una medida impulsada por el Gobierno nipón para prevenir desórdenes mentales entre los trabajadores del país asiático, que ha registrado un incremento en el número de asalariados que enferman a causa del estrés laboral. Por ello, los empleados de las empresas japonesas deberán rellenar anualmente un cuestionario sobre el ambiente y las relaciones en el centro de trabajo, así como detallar cambios en sus condiciones físicas y mentales.

EL NÚMERO DE DIRECTIVOS DEL IBEX CON CLÁUSULAS INDEMNIZATORIAS EN SUS CONTRATOS CRECE CADA AÑO

Aunque Bruselas y la CNMV recomiendan que las indemnizaciones no superen el equivalente a dos anualidades, grandes empresas desoyen este límite. Los máximos directivos de Abengoa, Indra, FCC o Volkswagen cobran grandes indemnizaciones a pesar de dejar sus empresas en situaciones muy delicadas. El nuevo código de Buen Gobierno de las empresas cotizadas (entra en cumplimiento en los informes que manden las empresas a principios de 2016 correspondientes al ejercicio 2015) pide a las compañías que cumplan (y de lo contrario que explique por qué no lo hacen) la siguiente recomendación: “que los pagos por resolución del contrato no superen un importe establecido equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios de rendimiento previamente establecidos”.