OBLIGACIONES DE REGISTRO DE JORNADA DE LOS TRABAJADORES

OBLIGACIONES DE REGISTRO DE JORNADA DE lOS TRABAJADORES

Con fecha 12/03/2019, se publicó el Real decreto ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo que regula, en sus artículos 10 y 11 del capítulo III, las nuevas medidas en referencia al registro diario de la jornada de trabajo, estableciéndose un plazo de dos meses por su entrada en vigor (12/05/2019).

Este nuevo decreto añade un nuevo apartado 9 al artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, que garantiza el registro diario de la jornada a cada trabajador de la empresa, teniéndose que incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo (sin perjuicio de la flexibilidad horaria).

La L.I.S.O.S también queda modificada añadiéndose la falta del registro diario de la jornada como una infracción grave con sanción desde los 626€ a los 6250€.

En concreto, se establece la obligación de:

  • Garantizar, por las empresas, el registro horario de la jornada que tendrá que incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada trabajador, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que establece el propio precepto estatutario.
  • Organizar y documentar el registro de jornada, mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, mediante decisión del empresario previa consulta con los representantes de los trabajadores en la empresa (por ejemplo, mediante un sistema de fichajes o con un registro manual que documente la hora de entrada y de salida).
  • Conservar los registros durante 4 años y tenerlos a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Atención. Esta obligación de registro de jornada afecta a todas las empresas que tengan asalariados, sin excepciones por sector, medida de la plantilla ni otros motivos. Cada una de ellas tendrá que acordar las condiciones en las cuales se aplica el registro.

Para cualquier duda o consulta, estamos a su disposición.

 

Saludos cordiales,

Marta Palomo

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