LOS NUEVOS EMPRENDEDORES APUESTAN POR LA ASESORÍA

Muchas de las razones por las cuales tanto grandes empresas, como pymes, acaban en quiebra tras un tiempo de incertidumbre son precisamente por una mala gestión de la asesoría, o por no haber dispuesto de ella, cuando el servicio de asesoría se ha convertido en imprescindible a la hora de que las organizaciones e instituciones consigan buenos resultados financieros.

Las agencias de asesoría, tanto laboral, jurídica como fiscal o financiera, ya no tienen la única responsabilidad de asesorar, sino que sus funciones han ido más allá, debiendo ofrecer un mayor servicio a los clientes para poder diferenciarse del resto de agencias, ahora también se deben conocer y planificar procesos de cambio cuya estrategia sea beneficiosa para la empresa. En esta circunstancia de competencia y diversificación de los servicios el que sale ganando es siempre el empresario.

El creciente aumento de las pymes ha hecho que también aumente la demanda de los servicios de asesoría, puesto que es a los emprendedores, nuevos empresarios y habitualmente inexpertos en el tema, los que necesitan un mayor asesoramiento por parte de estas agencias, tanto en el ámbito legal, a la hora de constituir la organización y sus diferentes trámites, como en el área financiera, principalmente las agencias de asesoría pueden ayudar a guiar la toma de decisiones y los procesos de gestión, con los cuales prevenir posibles problemas o solucionar aquellos que se presenten, ya que a la hora de crear un nuevo negocio, es habitual que existan contratiempos.

Un claro ejemplo en datos lo aporta la provincia de Castellón, que hace unos años ofrece un Plan de Promoción de Iniciativas Empresariales por medio de su diputación, de las 427 personas que recibieron asesoramiento durante todo el periodo que lleva operativo, alrededor del 70% eran nuevos empresarios, es decir, emprendedores, esto es un claro reflejo de la importancia que tienen los servicios de asesoría para la supervivencia de las empresas, y en definitiva de la economía de un país.

Es muy importante para ofrecer un servicio de asesoría, disponer de profesionales cualificados en la materia. En Palomo Consultors, llevamos más de 40 años al servicio de particulares, profesionales y empresas.

Nuestros conocimientos avanzados y en constante actualización nos permiten ofrecer todo tipo de servicios enfocados a atender las distintas obligaciones con las diferentes administraciones (Estatal, Autonómica, Provincial y Local). Nuestra clientela representa un amplio abanico de distintos sectores.

Nuestra filosofía se ha basado durante años en la calidad, la experiencia, el compromiso  y la confianza de nuestros clientes para garantizar el éxito de un trabajo en equipo.

Nuestra organización funcional está dividida en áreas o departamentos muy especializados, que se han consolidado y han crecido progresivamente con el transcurso de los años gracias a nuestra dedicación que, combinada con experiencia, ingenio, formación y una firme apuesta por las nuevas tecnologías, ofrece una profesionalidad y trato personalizado.

Ofrecemos servicios de asesoría laboral, fiscal y contable, jurídica, así como de consultoria, de RRHH y selección de personal, seguros,  y de gestoría administrativa.

Ofrecemos gran diversidad de servicios, lo que le permite ahorrar tiempo y dinero delegando varias gestiones en un colaborador de confianza.

¿En qué te podemos ayudar? Contacta con nosotros sin compromiso:  977449033 o bien secretaria@palomo.net

(Fuente: www.rrhhdigital.com)

¿CUMPLEN LOS ESPAÑOLES CON EL RGPD EN SU TRABAJO?

Un reciente estudio elaborado por Fellowes revela que el 14% de los españoles no cumple con el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) en su puesto de trabajo.

Han pasado ya varios meses desde que las empresas debían adaptarse e implantar el nuevo Reglamento en su actividad, concretamente la fecha límite fue el pasado 25 de Mayo, y los primeros datos son contradictorios.

Y es que si nos comparamos con el resto de Europa, los datos de España mejoran la media general en un 5% ya que en los países de la Unión Europea el grado de incumplimiento se eleva a un 18%.

Llama la atención el hecho de que aún un 13% de los trabajadores no ha recibido aún información sobre el nuevo Reglamento en su puesto de trabajo. Pero también estamos mejor posicionados que la media europea en este sentido, puesto que el 19% de los trabajadores de la UE también están faltos de esa información.

Dentro del estudio que presenta Fellowes, en el que se resalta la importancia de la política de protección de datos no sólo a nivel online e internet sino también a la documentación en papel y a la custodia de los mismos, existen datos que destacan la ausencia de destructoras de papel dentro de la oficina en el 19% de los casos del personal consultado.

En esta misma línea, el 33% del personal de oficina reconoce que no se deshace de forma eficiente y segura de la destrucción de documentos ya que sólo los rasga por la mitad y no los destruye completamente.

Sorprendentemente, un 25% de las personas se lleva los documentos de trabajo a casa o los imprime en su hogar pero luego no se deshacen de forma eficiente y segura.

A nivel online poco más de la mitad de los trabajadores entrevistados, el 51%, informa de envíos de correo electrónico a la persona equivocada y un 65% reconoce recibir emails que no iban destinados a ellos.

En cuanto al comportamiento de los envíos casi el 36% de los trabajadores envía mails con copia (CC) en ocasiones en las que no debía hacerlo, en lugar de utilizar CCO. Esto implica que los receptores tienen visibles los datos de contacto.

Finalmente el estudio recoge otras variables como los olvidos de memorias USB con documentos confidenciales, un tercio de los consultados, y el olvido de documentos en espacios públicos, algo que han hecho el 16% de las personas entrevistadas.

Fellowes propone como solución a muchos de estos problemas la instalación de destructoras en el puesto de trabajo que permitan una destrucción efectiva de información confidencial en papel y el uso de filtros de privacidadinformáticos que respeten el RGPD. Ambas cosas, al alcance de prácticamente cualquier empresa en todos los sectores.

Si todavía no has implantado el nuevo Reglamento General de Protección de Datos, en Palomo Consultors te podemos ayudar. Ponte en contacto con nosotros y, desde nuestro Departamento de Calidad, te informaremos y te indicaremos como proceder: secretaria@palomo.net, 977449033

Muchas gracias.

(Fuente: RRHH Digital)

DESDE EL DÍA 1 DE OCTUBRE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS DEBEN REALIZAR SUS TRÁMITES POR VÍA ELECTRÓNICA, INCLUIDA LA RECEPCIÓN Y FIRMA DE NOTIFICACIONES

La Orden Ministerial ESS/214/2018, de 1 de marzo que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del Sistema de Remisión Electrónica de Datos (Sistema RED) en el ámbito de la Seguridad Social, establece la obligatoriedad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos para incorporarse a dicho Sistema. No obstante, para cumplir con esta obligación el trabajador puede optar por acogerse a este Sistema y gestionar sus trámites a través de un autorizado Red  o  directamente hacer uso de los servicios electrónicos disponibles en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). La obligatoriedad se extiende a la recepción de las notificaciones, por lo que para su consulta y firma se deberá acceder al servicio correspondiente en la SEDESS.

 

El trabajador autónomo dispondrá de un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigor de la norma para que la obligación del uso de medios electrónicos sea efectiva.

 

¿A quién afecta la Orden ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018?

 

Los colectivos afectados por lo dispuesto en la Orden Ministerial son:

 

  • Los trabajadores autónomos por cuenta propia o autónoma.
  • Los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA).
  • Los trabajadores del grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

 

Si soy autónomo ¿qué obligaciones tengo según la OM ESS/214/2018 de 1 de marzo de 2018?

 

La Orden Ministerial establece la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Incluye la recepción, por  comparecencia en la SEDESS, de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

¿Desde qué momento es efectiva la obligación?

 

La Orden Ministerial fija un período transitorio de adaptación de seis meses desde su entrada en vigor. Por tanto, la obligación será efectiva a partir del día 1 de octubre de 2018 para todos los trabajadores autónomos que en esa fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados.

 

No se efectuará notificación previa sobre la obligación por correo postal.

 

¿Dónde puedo gestionar mis trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?

 

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

 

  • El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.

 

  • La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS. Algunos servicios permiten también la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE).

 

¿Qué requisitos técnicos requiere mi equipo para acceder a los servicios en la SEDESS?

 

Los servicios de la SEDESS son compatibles con los Sistemas Operativos, Navegadores de internet y Máquinas virtuales que se indican en el apartado de Requisitos técnicos

 

¿Qué necesito para poder acceder a los servicios en la SEDESS?

 

Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autenticación que garantice su identidad.

 

Existen diferentes sistemas de autenticación admitidos en la SEDESS que permiten el acceso a los  servicios.

 

  1. El Certificado electrónico admitidopor la Seguridad Social.

    Todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas. Permite además la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico.

 

  1. El DNI electrónico

    Todos los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas. Permite también la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico.

 

  1. El Sistema Cl@ve

Los servicios dirigidos a los trabajadores autónomos son accesibles con este Sistema de autenticación que dispone de dos modalidades de uso: Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente.

Este sistema permite el acceso al servicio de consulta y firma de Notificaciones Telemáticas mediante Cl@ve Permanente (Usuario + Contraseña) reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano. Este sistema permite además, el acceso a la firma en la nube.

 

¿Puedo obtener un Certificado electrónico en las Oficinas de la Seguridad Social?

 

La Seguridad Social ofrece al ciudadano la posibilidad de gestionar, previa solicitud del mismo en la página de la entidad: https://www.sede.fnmt.gob.es/, la obtención del certificado personal de la FNMT,  poniendo a su disposición una amplia red de oficinas donde poder realizar la acreditación de su identidad, paso obligatorio en el proceso de su obtención.

 

Puede descargar una guía del proceso de obtención del Certificado electrónico de acceso a los servicios de la Seguridad Social en internet.

 

¿Qué es el Sistema Cl@ve y cómo puedo registrarme?

 

Cl@ve es un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para todas las Administraciones Públicas basado en la utilización de claves concertadas previo registro del ciudadano.

 

La gran ventaja de este sistema es su operatividad, ya que permite acceder desde cualquier dispositivo  con conexión a internet: ordenadores, móviles, tablets, etc. frente al Certificado Digital o el DNI electrónico que requieren, su instalación previa en los equipos y/o un hardware específico que permita leer los certificados instalados en tarjetas electrónicas.

 

Este sistema de autenticación actualmente no permite el acceso al servicio de Consulta y firma de Notificaciones Telemáticas.

 

Los pasos para poder usar Cl@ve en la SEDESS son:

 

  1. Registrarse en el sistema Cl@ve

Por vía electrónica con Certificado Digital o DNI electrónico, a través de la página de Cl@ve.

 

Presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social con servicio de Registro en Sistema Cl@ve.

 

En ambos casos se obtiene un registro avanzado en el Sistema Cl@ve.

 

Si la solicitud de Registro a través de internet se realiza sin certificado digital o sin DNI electrónico, el registro en el Sistema Cl@ve será básico.

 

 

  1. Activar el código generado durante el proceso de registro:

 

Para completar el proceso de alta en el Sistema Cl@ve y obtener Cl@ve Permanente, será necesario activar el código suministrado en el acto del registro. La activación puede llevarse a cabo en la SEDESS: Cl@ve: gestión de contraseñasActivación de Usuario.

 

Las dos modalidades con las que se puede operar en el Sistema Cl@ve son:

Cl@ve PIN. Se trata de una clave ocasional facilitada por SMS, de validez limitada en el tiempo, orientada a ciudadanos que acceden esporádicamente a los servicios.

 

Cl@ve Permanente. Se trata de una contraseña elegida por el propio usuario, de validez duradera en el tiempo, no ilimitada, destinada a aquellos ciudadanos que acceden habitualmente. En ocasiones, dependiendo del servicio al que se accede, está reforzado con una clave ocasional facilitada por SMS.

 

¿Qué servicios ofrece la TGSS a los trabajadores autónomos en la SEDESS?

 

Los trabajadores autónomos cuentan con un amplio catálogo de servicios en la SEDESS para la gestión de los trámites relacionados con la afiliación y la cotización a la Seguridad Social:

 

  • Cursar el Alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Cursar la Baja en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Formular el cambio de base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Modificar la actividad en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Solicitar la modificación, para el año siguiente, de los datos d cobertura de las contingencias para la incapacidad temporal, accidentes de trabajo y enfermedad profesional, cese de actividad y Mutua, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Cursar la variación de datos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

 

Además, desde la SEDESS el trabajador autónomo puede solicitar determinados informes y certificados:

  • Duplicado de la resolución del alta o de la baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
  • Informe o consulta sobre las bases de cotización y las cuotas ingresadas en el Régimen.
  • Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Informe de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.

 

La SEDESS dispone de otros servicios que pueden resultar de interés para el colectivo de trabajadores autónomos:

 

  • Duplicado de documento de afiliación
  • Informe de vida laboral.
  • Informe de bases de cotización.
  • Domiciliación en cuenta. (Domiciliación del pago de cuotas a la seguridad social)
  • Cambio de domicilio.
  • Comunicación de teléfono y correo electrónico.
  • Devolución de ingresos de regímenes y sistemas especiales.
  • Aplazamiento en el pago de deudas a la Seguridad Social.
  • Consulta de deudas y obtención de documentos de ingreso.
  • Pago con tarjeta de deudas con la Seguridad Social.

 

¿Qué son las Notificaciones Telemáticas?

 

A través del Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas el trabajador autónomo podrá acceder a consultar y firmar las notificaciones de los actos administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). También podrá acceder y gestionar las notificaciones su autorizado al sistema RED o, en su caso, su apoderado.

 

Entre los actos notificados a través del Servicio de Notificaciones Telemáticas, se encuentran:

 

  • Los del procedimiento recaudatorio: reclamaciones de deuda y providencias de apremio; actos del procedimiento de apremio por cuotas, conceptos de recaudación conjunta y otros recursos, con los recargos e intereses correspondientes; actos del procedimiento administrativo de aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social, y actos del procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social.
  • Los actos de los procedimientos sobre moratorias y diferimientos.
  • Las resoluciones de la Tesorería General sobre actas de liquidación, imposición de sanciones e impugnaciones.

 

Paulatinamente se incorporarán al Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas otras notificaciones de procedimientos relacionados con la TGSS.

 

Se ha de tener en cuenta además que:

 

  • La notificación se pondrá a disposición del interesado durante un plazo máximo de 10 días. Transcurrido dicho plazo sin haber accedido a la notificación, ésta se dará por efectuada.
  • La TGSS remitirá un correo electrónico avisando de la puesta en la SEDESS de una notificación telemática a la dirección que el trabajador autónomo haya facilitado. Puede comunicarla a través del Servicio de Comunicación de teléfono y correo electrónicode la SEDESS.
  • En caso de que el trabajador autónomo disponga de un autorizado RED, a éste también se le remitirá un aviso. El autorizado RED, al igual que el trabajador autónomo, podrá acceder y firmar la notificación electrónica.
  • También es posible que el trabajador autónomo nombre a un apoderado a efectos de la recepción de las Notificaciones Telemáticas. Para realizar este trámite el trabajador autónomo podrá acceder al Servicio de Registro Electrónico de Apoderamientosde la SEDESS.

 

¿Qué Sistema de acceso se admite para la consulta y la firma de las Notificaciones Telemáticas?

 

Para poder acceder a los Servicios de Notificaciones Telemáticas de la SEDESS, el trabajador autónomo deberá disponer de un sistema de autenticación válido: Certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, DNI electrónico o Cl@ve Permanente (Usuario + Contraseña).

 

Trabajadores del Mar (cuenta propia)

 

Si soy autónomo del Mar ¿cómo me afecta el contenido de la Orden ESS/214/2018?

 

Los trabajadores por cuenta propia encuadrados en el grupo primero de cotización, como el resto de trabajadores autónomos, están obligados a gestionar todos sus trámites, incluída la recepción de las notificaciones, por vía electrónica, a partir del 1 de octubre de 2018. Los trabajadores por cuenta propia encuadrados en el grupo segundo o tercero de cotización, no están obligados al uso de medios electrónicos, pero podrán acceder voluntariamente a los mismos servicios.

 

¿Dónde puedo gestionar mis trámites?

 

A partir del 1 de octubre de 2018, estarán operativos los servicios en el Sistema RED. Para el uso del Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos), se requiere estar debidamente autorizado. Para facilitar sus gestiones, un autorizado RED podrá actuar en representación del trabajador autónomo del Mar a través de este sistema. En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS) se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación (NAF) del trabajador autónomo a un autorizado RED.

 

Actualmente a través de los servicios disponibles en Sede Electrónica.

 

En la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS), el trabajador autónomo del Mar puede realizar directamente sus trámites a través de los servicios electrónicos disponibles, mediante la presentación de solicitudes por Registro Electrónico (RE). Para acceder al Registro Electrónico puede emplear Certificado electrónico y DNI electrónico.

 

En breve, se pondrán a disposición de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, servicios online similares a los existentes en la actualidad para el resto de trabajadores autónomos.

¿Cómo puedo acceder a mis notificaciones?

 

Para la recepción y firma de notificaciones y comunicaciones procedentes de la Administración de la Seguridad Social, se encuentran los Servicios de Notificaciones Telemáticas de la SEDESS. Se debe disponer de un sistema de autenticación válido: Certificado electrónico admitido por la Seguridad Social, DNI Electrónico o Cl@ve Permanente (Usuario + Contraseña) reforzado con claves de un solo uso enviadas por SMS por la Seguridad Social al teléfono móvil del ciudadano. Este sistema permite además, el acceso a la firma en la nube.

 

A través del Servicio de Consulta y Firma de Notificaciones Telemáticas, el trabajador por cuenta propia del Mar,  así como su autorizado al sistema RED o, en su caso, su apoderado, podrán acceder y firmar las notificaciones.

 

Soporte y atención

Sede Electrónica

Web de la Seguridad Social

Teléfono: 901 50 20 50

Twitter: @Info_TGSS

Oficinas de la Seguridad Social

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CONSEJOS PARA SUPERAR LA VUELTA AL TRABAJO

TERMINA EL VERANO Y LA VUELTA AL TRABAJO SE HACE CUESTA ARRIBA

Quien se encuentre en esta situación es posible que esté sufriendo la conocida depresión postvacacional. Este proceso psicológico se caracteriza por una sensación de cansancio, apatía, falta de concentración y somnolencia y, aunque no está aceptado como enfermedad, toda persona está expuesta a ello.

Según estudios médicos, cerca del 35% de la población ha sentido alguna vez algunos de estos síntomas. Principalmente, personas de entre 45 y 55 años que han cambiado sus ritmos biológicos (costumbres, horarios, etc.) durante las vacaciones. El lado positivo es que suelen remitir a las dos semanas.

Para empezar, el mejor remedio contra la depresión postvacacional es la prevención. Obviamente, no es lo mismo trabajar en algo que gusta y tener unas vacaciones relajadas que ocupar un puesto sometido a mucho estrés y haber pasado unas vacaciones ‘moviditas’. Independientemente de cómo sea la situación de cada uno, los síntomas y el malestar se pueden paliar.

  • Reincorporarse con calma. Otro de los mayores errores es reincorporarse de golpe. Es verdad que no se puede elegir ir solo unas horas al trabajo, pero se puede organizar la jornada de forma que estrese lo menos posible. La ansiedad que provoca la vuelta al trabajo aumenta al ver centenares de correos sin leer en la bandeja de entrada. Ese proceso es inevitable, pero se puede paliar. Lo recomendable para ese primer día es dedicar un tiempo a analizar qué tareas se tienen que hacer, cuales son las más importantes y cuáles las más sencillas y placenteras. A partir de entonces, se empieza por las importantes y luego las preferidas por cada uno. Así, la vuelta al trabajo será menos dura.
  • Aprender a decir “no”. En verano se acumula el trabajo y, en algunas ocasiones, se hace también el de los compañeros que siguen o se han ido de vacaciones. En esta situación se tiende a cargar con todo el volumen de trabajo, pero eso no se debe hacer. Se debe aprender a decir “no”. Al principio cuesta porque se tiende a pensar que los encargados, coordinadores y demás personas que están por encima de uno se lo tomarán mal, pero no es así. Es más, diciendo que no se hace un favor a uno mismo y a los demás. Y es que poner límites ayuda a asumir el control y tomar las riendas.
  • Hacer deporte. Es bueno tanto para la salud física como mental. Permite desconectar de las obligaciones y libera endorfinas, las proteínas responsables de la felicidad, el optimismo y la relajación. Asimismo, haciendo deporte uno se siente más feliz, optimista y relajado porque además –al centrar la atención en el ejercicio físico- libera la mente del estrés.
  • Programar el regreso con tiempo. Aunque en la mayoría de las ocasiones se quiere alargar al máximo los días de vacaciones (si se desplaza a otro sitio), volver a casa el día anterior a la reincorporación al trabajo es peor que hacerlo un poco antes. Y es que los expertos recomiendan tomarse un par de días para hacerse a la idea y ordenar tanto el equipaje como la ropa del trabajo.
  • Fijarse en lo positivo. Aunque muchas personas lo nieguen, por muy malo que sea un día, siempre tiene algo bueno. Unas palabras amables, unas risas a la hora del café, etc. Conectar con esos momentos tiene infinitas cualidades positivas para la vida porque, según expertos, esos pequeños detalles conecta con la parte más humana de las personas y ayuda a tomar conciencia de todo lo bueno que les rodea.
  • Moderar el consumo de alcohol y cafeína. Es difícil porque –en el caso del primero- aunque se vuelva a la rutina se quiere seguir haciendo planes vacacionales tales como irse de cañas con los amigos hasta altas horas. En el de la segunda, el cansancio y sueño con el que se llega al trabajo pide a gritos un café. Sin embargo, debes evitar ambas cosas el alcohol es un depresor del sistema nervioso central que puede agravar los síntomas de apatía, depresión y astenia provocados por el síndrome postvacacional; y el café agudiza los síntomas del estrés.
  • Respetar las horas de sueño. En vacaciones uno se acuesta y se levanta a la hora que quiere (o que le pide el cuerpo). Hacerlo durante esos días está bien, pero la práctica (principalmente a la hora de acostarse) no se debe prolongar a la vuelta. Regularizar los ritmos de sueño tras el fin de las vacaciones reduce (e incluso evita) la depresión postvacacional. Asimismo, los primeros días se debe evitar echarse la siesta y, por la noche, se debe dormir ocho horas.
  • No pensar seguido en lo mismo. Darle vueltas a un mismo tema en la cabeza aumenta la sensación de ansiedad. De esta forma, cuando algo atormenta o preocupa (bien sea en el trabajo o en el ámbito personal) se debe salir, dar un paseo o hacer cualquier actividad placentera y relajante que haga desconectar de ello. También se debe dedicar tiempo a uno mismo. Y es que las aficiones y hacer lo que a uno le gusta ayuda a combatir la ansiedad y el estrés.
  • Tener paciencia. Es el último y más importante paso para no caer en la depresión postvacacional porque se trata de algo pasajero que, tarde o temprano, desaparece.

(Fuente: www.rrhhdigital.com)

9 CARACTERÍSTICAS QUE DEBE TENER UN DIRECTOR COMERCIAL

Tradicionalmente, la figura del director comercial solía corresponderse con la de un representante de la empresa, con amplio recorrido en gestión de carteras de clientes y gran experiencia en el sector.

Sin embargo, y gracias a la evolución tanto del marketing como a la de las técnicas de relación y gestión comercial, las nuevas funciones del puesto requeridas van más alla. Centradas ahora en los anhelos, problemas y necesidades de los clientes, hoy en día las funciones de la figura del director comercial son más amplias y diversificadas.

 

¿QUÉ FUNCIONES DESEMPEÑA UN DIRECTOR COMERCIAL?

  • Implantación y puesta en marca de la estrategia de ventas. El director comercial es el encargado de desarrollar las estrategias corporativas en el área comercial, para lo cual debe seguir unos pasos, siempre acorde con unos valores y la filosofía de negocio.
  • Elaborar previsiones de venta. Es imprescindible valorar el comportamiento del mercado y ser capaz de valorar las distintas opciones de negocio que supondrían ciertas estrategias de marketing. Asimismo, es necesario disponer de un profundo conocimiento tanto del sector en el que opera como de sus dinámicas y competidores.
  • Fijar objetivos para sus equipos de trabajo: es el que se encarga de que los miembros del área comercial sigan las directrices de trabajo fijadas para la consecución de objetivos. Es un líder, y como tal debe saber motivarles y sacar de ellos su mejor esfuerzo.
  • Influir en el mejor posicionamiento digital de la marca: La figura debe encargarse de apoyar y coordinar las iniciativas destinadas a mejorar la presencia del negocio en redes sociales, plataformas, portales y otros recursos digitales. Además, dados los avances tecnológicos de los últimos años, más de la mitad de las labores de un director comercial se enfocan en el marketing digital.
  • Reclutar y seleccionar al personal de ventas: también le corresponde la conformación de los grupos de trabajo comercial, un proceso que empieza con el reclutamiento de los mejores talentos y profesionales del área y, a la vez, con la contratación de trabajadores aptos y competentes.
  • Formar a los equipos comerciales. Una vez ha conformado los grupos de trabajo, su objetivo consiste en capacitarlos y formarlos para que den el máximo de su rendimiento y estén a la altura de las responsabilidades que se les asigne.

 

ENTONCES, ¿QUÉ CUALIDADES DEBE REUNIR UN BUEN DIRECTOR COMERCIAL?

1) Capacidad de integración con otros departamentos

La coordinación e integración con el resto de departamentos es esencial. Por ello, debe ser consciente en todo momento de las estrategias y campañas que se lleven a cabo en el departamento de marketing, ya que su trabajo depende fundamentalmente del mismo.

2) Agilidad para asimilar cambios

Adelantarse a los acontecimientos, prever acciones futuras y saber adaptarse a los cambios es imprescindible en un entorno eminentemente digital.

3) Empatía

Un buen director comercial debe ser consciente de que él es su mejor cliente. Por ello, saber escuchar y adaptarse a las necesidades, preocupaciones y anhelos del cliente es lo primero. Muchas ventas se consiguen a raíz de saber entablar una buena relación con la clientela.

4) Capacidad de desarrollo de estrategias de equipo

Al igual que sucede con los clientes externos, la coordinación y el fomento de la unidad del equipo para centrarlo y dirigirlo hacia la consecución de unas metas y objetivos específicos debe estar entre las pautas principales.

5) Siempre estar en búsqueda de la innovación e informado de las últimas tendencias

Dado que el departamento comercial es el principal encargado de aumentar las ventas, tanto éste como su responsable debe estar a la vanguardia de los principales acontecimientos dentro y fuera del sector, al igual que de los principales avances tecnológicos.

6) Capacidad analítica y resolutiva

Es fundamental que el director comercial sea capaz de analizar las distintas variantes que éste ofrece a la empresa y que domine eficazmente la información y los datos que le aporten utilidad a su labor. No todos los datos que circulan son importantes; la clave está en saber seleccionarlos y valorarlos.

7) Visión empresarial

Al necesitar reportar a la dirección general en todo momento, la visión empresarial es requerida para poder aunar todas las estrategias al igual que para ofrecer apoyo y soporte en caso necesario.

8) Liderazgo

Para poder coordinar y dirigir al departamento, además de para poder encabezar las principales acciones, se precisan grandes dosis de carisma y liderazgo sin caer en el autoritarismo.

9) Habilidad para la negociación

Muchas de las ventas no se cierran en el primer intento, sino que requieren posteriores conversaciones. Por ello, no podemos pasar por alto la habilidad para saber encauzar las conversaciones, escuchar, ceder y también cuándo poder presionar ligeramente.

Si estás interesado en la búsqueda de talento para tu empresa podemos ofrecerte nuestro servicio de selección de personal. contacta con nosotros sin ningún compromiso.

 

(Fuente: padigital.es)

SUBVENCIONS 2018 APROVADES PALOMO

SUBVENCIONES DE LA GENERALITAT 2018

Ya han salido las subvenciones de la Generalitat para los comercios locales.

¿Quién puede beneficiarse?

Empresas individuales, asociadas o agrupadas que prestan las actividades empresariales que se relacionan a continuación: Talleres mecánicos. Servicios fotográficos, Copisterías y artes gráficas. Servicios de reparaciones. Agencias de viajes detallistas. Tintorería y lavanderías. Peluquería y salones de estética y belleza. Bares y restaurantes. Servicios de comer preparado y càtering, y empresas de comercio.

Lineas de subvención por programas: (importe màximo subvencionado del 50%)

TRANSFORMACIÓN DIGITAL (redes sociales, marketing, etc. de 600 € a .6000 €)
IMPLANTACIÓN DE NUEVOS COMERCIOS (reforma y/o recuperación. 5.000 €)
INTERNALIZACIÓN DE LA MODA (5.000 €)
ARTESANOS (firas y según actividad. Desde 1.500 € a 5.000 €)
MEJORA GESTIÓN EMPRESA ARTESANA (formación, marketing, redes sociales, etc. 3.000 €)
PARTICIPACIÓN EN FERIAS (nacionales 3.000 €, internacionales 5.000 €)

Presentación de solicitudes hasta el 14 de agosto excepto implantación de nuevos comercios (31 de diciembre)

Consulta la página web de la Generalitat con las subvenciones.
http://ccam.gencat.cat/ca/serveis/subvencions/

No dudes en contactar con nosotros y te asesoramos.

FORMULARI D’ALTA A LA BASE DE DADES DE PALOMO CONSULTORS

Amb la nova llei de protecció de dades #LOPD el SI ha de ser explícit.
Si vols estar al dia i rebre informació d’interés econòmic, empresarial, jurídic, de recursos humans, assegurances de tot tipus, formació bonificada (empreses i autònoms) i consultoria empresarial via e-mail, a Palomo Consultors t’ho posem així de fàcil: Accedeix al formulari i emplena els camps. Només són 3!

LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS SUSPENDEN EN TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Las empresas españolas suspenden en transformación digital

SlashMobility ha evaluado el nivel de transformación digital de las empresas asistentes al Digital Business World Congress 2018 a partir del ​DAT​. Herramienta que permite a las empresas conocer su nivel de transformación y madurez digital para generar oportunidades de innovación. Podemos destacar que la intención no es el único que cuenta, ​las empresas encuestadas suspenden con un 4,75 en transformación digital.

Si analizamos los resultados por áreas, nos encontramos con la siguiente situación:

● 6,3 en cultura

● 5 en tecnología

● 4,0 innovación

● 4,2 en negocio

Las organizaciones analizadas ​solo aprueban dos de las cuatro áreas analizadas: cultura y tecnología.​ Así, cultura empresarial es el área más esperanzadora y en la que las empresas obtienen un aprobado más destacado; seguido de un aprobado raspado en tecnología. Por otra parte, las empresas suspenden de manera clara en transformación digital en las áreas de estructura y negocio.

Nuestro equipo de especialistas que se ha desplazado al DES2018 destaca que las empresas tienen deseo e intención por asumir la transformación digital, pero la intención no es suficiente y solo se ven resultados en la área de cultura y organización. Es un mensaje positivo ya que ​la cultura empresarial debe ser el core de la transformación, ​maximizando el valor del equipo y potenciando la innovación.

Por otra parte, las empresas suspenden de forma clara en las áreas de estructura, de innovación y negocio.

Un análisis más profundo de los resultados, nos indican que la innovación no está llegando por la falta de la integración de estructuras correctas que permitan el desarrollo digital necesario. Además, las empresas son reacias a trabajar con startups para acelerar la transformación digital de la organización. Error principalde las empresas españolas a la hora de querer asumir la innovación de manera independiente. Respecto la área de negocio,​ las empresas no acaban de adaptar ni los modelos de negocio ni la estructura organizacional al ecosistema digital europeo.

Un dato obvio es que las empresas deben trabajar de forma más efectiva en la integración de la transformación digital en su organizaciones. Este estudio también se ha realizado en la última edición del MWC18. Si comparamos con los resultados de las empresas del DES2018, las organizaciones analizadas del MWC18 tienen mejores resultados en la área de innovación y negocio. Vemos que​ las empresas del evento de Barcelona trabajan con estrategias user centric, omnicanal y explotando de forma más eficiente los datos para acelerar la digitalización. ​Estos datos se ven afectados por la gran presencia internacional del MWC18, así que una vez más podemos decir que España se encuentra a la cola de transformación digital a nivel europeo.

A pesar de que los datos no son muy positivos, hay solución para la situación de las empresas españolas. Y es que, toda empresa que se encuentre en fase de digitalización puede autoevaluarse con el DAT. ​ El test de madurez digital (DAT)​ pretende ayudar a las empresas a dar un paso adelante hacia la transformación digital,​ ayudándoles a conocer el nivel en que se encuentran para conseguir soluciones a medida. Como comenta Emilio Avilés, CEO & Founder de SlashMobility “​Toda empresa que quiera competir en esta nueva economía digital necesita ir al ritmo de la tecnología, adaptando no sólo sus procesos sino el ADN de su equipo mediante una nueva cultura digital».

 

(Fuente: RRHH Digital)

CONVOCATÒRIA AJUDES PLANS D’IGUALTAT-BOE-2018

Us informem que el Ministerio de Sanidad , Servicios Sociales e Igualdad, ha obert una convocatòria d’ajuts a la petita i mitjana empresa i altres entitats per a l’elaboració i implantació de plans d’igualtat. Aquests ajuts estan adreçats a les empreses i entitats d’entre 30 i 250 persones treballadores.

Bases: Ordre SSI / 1196/2013 (BOE 28-06-13)

Convocatòria: RSL 23-04-18. Extracte: RSL 23-04-18 (BOE 28-04-18)

Termini presentació: 15 dies hàbils, comptats a partir del dia següent publicació de l’extracte en BOE (fins 2018.05.23)

Objecte i beneficiaris:  subvencions destinades a l’elaboració i implantació d’un pla d’igualtat per a les PIMES i entitats d’entre 30 i 250 treballadors que per primera vegada elaborin i implantin plans d’igualtat per al foment de la igualtat efectiva de dones i homes, i a eliminar la discriminació per raó de sexe d’acord amb el que disposa l’art.49 de la lO 3/2007. Implantació voluntària. Termini per a la realització de les activitats subvencionades serà el comprès entre la data de la resolució de concessió i el 2019.08.31.

Finalitat: Elaboració i implantació d’un pla d’igualtat tendent a aconseguir en l’entitat la igualtat de tracte i oportunitats entre dones i homes ia eliminar la discriminació per raó de sexe.

Import: La quantia màxima de la subvenció serà 9.000 euros per a cada entitat subvencionada.

Lloc de presentació: A la seu electrònica del Ministeri de Sanitat, Serveis Socials i Igualtat (https://sede.msssi.gob.es/).

Per a més informació, podeu consultar:

Per a més informació: https://www.msssi.gob.es/ssi/igualdadOportunidades/iEmpleo/Planes_de_Igualdad/PdI_2018/subv_2018.htm

¿CÓMO LE AFECTA EL NUEVO RGPD? NOS AFECTA A TODOS POR IGUAL

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entrará en vigor a partir del próximo 25 de mayo, con un impacto muy fuerte en las empresas que se manejen con datos personales.

En este artículo se presenta a todos los interesados un resumen sobre el contenido del nuevo reglamento, especialmente en lo relativo a empresas españolas. El propósito es que sirva como guía a todos aquellos directores y empleados de empresas que, directa o indirectamente, esté relacionados con la protección de datos de carácter personal.

¿Qué es el RGPD?

El Reglamento General de Protección de Datos fue aprobado en mayo de 2016 por el Parlamento Europeo y el Consejo, principalmente con la necesidad de unificar las regulaciones de los estados miembros en este tema, además de introducir ciertas novedades relacionadas con las novedades del mundo digital.

Aprobado bajo el número 2016/679, su nombre completo es reglamento “relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE”.

1. Nuevos principios

Se introducen tres principios fundamentales que regirán el tratamiento:

Responsabilidad (accountability): se exige a todas las organizaciones, públicas y privadas, que adopten en todos sus niveles una actitud proactiva, diligente y consciente en el tratamiento de datos. Las empresas deben ser capaces de demostrar que cumplen con los nuevos requerimientos, lo que las llevará a implementar políticas internas y mecanismos de control.

Protección de datos por defecto y desde el diseño: las medidas destinadas a protección de datos deberán ser desarrolladas y aplicadas desde el inicio mismo de la empresa o actividad de tratamiento.

Transparencia: la información sobre tratamiento de datos personales (por ejemplo, avisos y políticas de privacidad) deberá ser más sencilla y comprensible para el usuario.

2. Nuevos derechos

Los derechos a favor de las personas físicas cuyos datos se traten han sido reforzados y renovados, como se indica a continuación.

– Consentimiento inequívoco: se requiere una aceptación expresa y consciente de la persona autorizando el tratamiento de sus datos personales (adiós al consentimiento tácito).

– Derecho al olvido, desarrollando a partir de cierta jurisprudencia europea, especial en casos iniciados contra Google, consiste esencialmente en los derechos de cancelación u oposición en el entorno online.

– Derecho de acceso: implica que las personas físicas, en caso de que sus datos personales estén siendo tratados, puedan acceder a los mismos y obtener información sobre: (i) finalidad del tratamiento; (ii) destinatarios de los datos; (iii) plazo de conservación, entre otros.

– Portabilidad: los interesados tienen derecho a recibir los datos personales que hayan suministrado a un responsable, en un formato legible y ordenado. También pueden transmitir esos datos a otro proveedor.

– Denuncias e indemnizaciones: las personas pueden presentar denuncias a responsables a través de asociaciones de usuarios. Además, tienen derecho a reclamar indemnizaciones por los daños y perjuicios derivados de tratamientos llevados a cabo en forma ilícita.

3. Sanciones

Las sanciones establecidas por el reglamento europeo son más rigurosas. La LOPD establecía multas económicas desde 900 euros y llegando a los 600 000 en los casos de mayor gravedad.

Sin embargo, en el reglamento europeo se establecen criterios de proporcionalidad en base a la facturación de la empresa. Así, las organizaciones pueden llegar a pagar en concepto de multa sumas de hasta el 4 % de la facturación global anual con un tope máximo de 20 millones de euros. Sin duda, hay una gran diferencia.

4. La figura del delegado

Otro aspecto destacado del reglamento general es la creación de una figura novedosa: el Delegado de Protección de Datos. Se trata de una persona con experiencia y conocimiento en la materia, que obligatoriamente deberá ser designada por organismos públicos y por empresas que realicen tratamiento de datos personales a gran escala. Actuará con total autonomía de la autoridad de control (Agencia Española de Protección de Datos).

Entre sus funciones más relevantes se encuentran las de informar obligaciones que tiene a cargo el responsable del tratamiento de los datos en la empresa, supervisar que cumpla con las políticas y obligaciones a su cargo y también ofrecer su asesoramiento respecto de decisiones y acciones que la organización ejecute en materia de protección de datos.

¿Cómo deben las empresas cumplir con el RGPD? Las funciones de los diferentes departamentos

Desde luego, en todas las empresas que traten datos de carácter personal, los representantes y los responsables del tratamiento deberán contar con la capacitación suficiente sobre sus obligaciones y la eventual consecuencia de sus acciones. Lo mismo para todos los empleados de la empresa que tengan acceso a la información.

En particular, es necesario que las diferentes áreas cumplan con los siguientes mandatos:

RRHH: es una oportunidad para reforzar los niveles de seguridad en cuanto al tratamiento de datos, tanto de empleados de la empresa como de clientes. Ha de considerarse especialmente esta circunstancia en los procesos de selección de personal: los candidatos deben contar con los derechos que hemos mencionado anteriormente.

Marketing: los integrantes de esta área deben asegurar que en el momento del consentimiento se hayan explicado debidamente las finalidades y las modalidades del tratamiento de datos.

Legal: sin dudas, la función de asesoramiento y control que pueden cumplir los abogados con respecto al resto de las áreas es fundamental. Este departamento debe chequear cuestiones como el tratamiento de las solicitudes, la documentación de los procesos, la adecuación de los tiempos de respuesta y la publicación de las políticas.

Finanzas: el RGPD impacta sobre los certificados digitales personales (por ejemplo, Single Euro Payments Area). Por ello, los departamentos de finanzas asegurarán que los certificados e identificadores digitales sean seguros. También identificar claramente las multas aplicables y los planes de riesgo.

Consulte nuestro servicio de LOPD y le informaremos de todo lo que necesite o, si lo prefiere, podemos ofrecerle una visita a su empresa, sin ningún coste, para valorar sus necesidades en materia de protección de datos: 977449033 o bien secretaria@palomo.net 

(Fuente información: Infordisa)