EL TS ABARATA NOTABLEMENTE EL DESPIDO Y VUELVE A LOS CAUCES PREVISTOS POR LA REFORMA LABORAL

En dos sentencias que unifican doctrina, anula su sentencia de 29 de septiembre de 2014 que estableció que las indemnizaciones de trabajadores con antigüedad anterior a la reforma laboral podían seguir acumulando hasta 1.260 días de salario. Mediante dichas resoluciones, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha rectificado el cálculo de las indemnizaciones por despido improcedente a raíz de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 3/2012 en el sentido de que deben diferenciarse dos periodos de prestación de servicios, actuando la fecha del 12 de febrero de 2012 como separadora.

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