EL TC HA ESTABLECIDO QUE LAS EMPRESAS PODRÁN VIGILAR CON CÁMARAS A SUS EMPLEADOS SIN INFORMARLES DEL FIN CONCRETO

El TC ha establecido que las empresas podrán vigilar con cámaras a sus empleados sin informarles del fin concreto, en una sentencia que cambia su doctrina y aclara el uso de videocámaras en la empresa. El TC responde a la demanda de amparo de una empleada de Bershka que fue despedida por haberse apropiado de efectivo en la caja, lo que la empresa sustentó en unas grabaciones de una cámara de videovigilancia de la que no se informó a los trabajadores, si bien en el escaparate del establecimiento, en un lugar visible, se colocó el distintivo informativo. El Constitucional ha determinado una excepción a la exigencia de requerir el consentimiento del trabajador.

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