NOVEDADES NORMATIVAS EN EL NUEVO CONVENIO COLECTIVO DEL METAL

EL II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTOR DEL METAL APRUEBA LA FORMACIÓN OBLIGATORIA EN EL SECTOR
El pasado 19 de Junio de 2017 se publicó en el BOE A-2017-7009 la resolución del 7 de junio, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal.

Explicamos las nuevas obligaciones relacionadas con la formación de los trabajadores que se incluyen en el II Convenio Colectivo Estatal del Sector del Metal, recientemente publicado, y así mismo qué curso PRL hay que realizar.

Hasta la publicación del II Convenio Colectivo Estatal del Sector del Metal, se hacía exigible que contaran con formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales específica al oficio que fueran a desempeñar, los trabajadores que fueran a realizar trabajos en obras de construcción.

Con este nuevo convenio la formación exigible para los trabajadores cambia, y se amplía la obligatoriedad de formar, también, a todos los trabajadores del Sector del Metal que no trabajan en obras de construcción.

El plazo para impartir y exigir esta formación a las empresas del sector, comienza a contar desde la aprobación del Capítulo XVII y el Anexo II del “II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la tecnología y los servicios del Sector del Metal (CEM)”, el 1 de Enero de 2017, por lo que ya es exigible.

Las empresas disponen de 6 meses desde dicha fecha para formar al menos a un sexto de su plantilla. Y deberán formar, como mínimo, a un sexto de su plantilla cada semestre hasta el 31 de Diciembre de 2019, fecha a partir de la cual deberá de estar formado el 100% de los empleados de la empresa.

Teniendo en cuenta que el II Convenio entró en vigor el 1 de Enero de 2017, es necesario que al menos 1/6 de la plantilla esté formada antes de finalizar el mes de junio de 2017.

Adicionalmente hay que destacar que este límite es una formación de mínimos, y que lo que persigue es que TODOS los trabajadores dispongan de la formación en PRL requerida para evitar accidentes. Cada empresa deberá decidir, teniendo en cuenta el límite legal, el número de trabajadores a formar en cada semestre.

La formación obligatoria en materia de PRL por el II Convenio del Metal depende del lugar donde se desarrollan los trabajos, existen dos opciones:

– Trabajadores del Sector cuya actividad NO se desarrolla en obras de construcción. La formación y su contenido mínimo se recoge en el Capítulo XVII y el Anexo II del Convenio.
– Trabajadores que desarrollen su actividad en obras de construcción. La formación y su contenido mínimo se recoge en el Capítulo XVIII y el Anexo IV del Convenio.
Centrándonos en la novedad de formar a todos los trabajadores del Sector que NO desarrollan su actividad en obras de construcción, se implementan los siguientes cursos de PRL obligatorios:

  • Formación de directivos. 6h. Online o Presencial.
  • Formación de trabajadores de oficinas. 6h. Online o Presencial.
  • Formación de trabajadores de oficios. 20h. Presencial.
  • Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico. 50h. (20h Presenciales y 30h Online).
  • Formación de reciclaje. 4h cada 3 años. Presencial.

Para los cursos de reciclaje hay diferentes especialidades:

  • Administrativos (4h)
  • Electricidad: montaje y mantenimiento de instalaciones de alta y baja tensión (4h)
  • Ferrallado (4h) Fontanería e instalaciones de climatización (4h)
  • Instalación de ascensores (4h)
  • Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas, cerrajería y carpintería metálica (4h)
  • Mandos intermedios (4h)
  • Operadores de aparatos elevadores (4h)
  • Operadores de equipos manuales (4h)
  • Responsables y los técnicos de ejecución de la actividad (4h)
  • Trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas (4h)
  • Trabajos de instalaciones de telecomunicaciones (4h)
  • Trabajos de mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción (4h)
  • Trabajos en gaseoductos y redes de distribución de gases combustibles (4h)

Desde Palomo Consultors ofrecemos la formación con empresas homologadas en la Fundación Laboral de la Construcción y esta formación es 100% bonificada en los Seguros Sociales para los trabajadores.

A parte de estas formaciones de reciclaje disponemos de todos los cursos obligatorios del sector construcción y metal.
Convocatorias en noviembre y diciembre de 2017 en Tortosa, Amposta y Vinarós.

Pida información sin compromiso a elvira@palomo.net o por teléfono a 688.90.90.12 y pregunte por Elvira.

El II Convenio Colectivo Estatal del Sector del Metal aprueba la formación obligatoria en el Sector

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