BAJA POR PATERNIDAD: CONOCE TODOS LOS DETALLES
Lo primero que debes saber es que la baja por paternidad como tal no existe. Desde 2019, la baja por maternidad y la baja por paternidad se fusionaron en la denominada prestación por nacimiento y cuidado del menor. En otras palabras, baja de paternidad y maternidad se unificaron, también la duración del periodo de descanso, los requisitos y los beneficios asociados.
Así pues, más que preguntar qué es la baja por paternidad, deberías plantear qué es la baja por nacimiento y cuidado del menor.
Dicho esto, el permiso o baja por paternidad es un beneficio laboral en apoyo a la conciliación de la vida laboral y familiar en España. Este derecho posibilita que los trabajadores que van a ser padres puedan ausentarse de manera temporal de su puesto para cuidar de su hijo o hija.
En nuestro país, la medida como tal está vigente desde 2007. Sin embargo, los beneficios asociados, como la duración del permiso de paternidad, han sido mejorados en los últimos años.
¿Cómo puedo solicitar la baja por paternidad?
Para solicitar la antes conocida como baja por paternidad, el trabajador debe reunir una serie de requisitos:
- Ser una persona trabajadora, por cuenta ajena o propia (es decir, estar afiliados y en alta o en situación asimilada de alta en la Seguridad Social) y haber tenido uno o varios hijos o hijas por parto, por adopción, acogimiento o por guarda con fines de adopción.
- Si se tienen más de 26 años, haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años anteriores al parto o 360 en toda la vida laboral. Entre los 21 y los 26, un periodo de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o 180 en toda su vida laboral. Con menos de 21 años no se exige período mínimo de cotización.
- Estar al corriente del pago de cuotas con la Seguridad Social, en el caso de trabajadores autónomos.
Si el empleado los reúne, debe seguir los siguientes pasos:
- Solicitar la baja por paternidad de forma telemática.
No hace falta contar con certificado digital, pero si disponemos de uno, o bien de usuario y contraseña Cl@ve, puede solicitarse a través del sitio web habilitado por la Seguridad Social para la solicitud de la baja por paternidad o a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Tan solo hay que seguir los pasos que se indican en la plataforma, cumplimentando los datos correctamente y adjuntando los documentos que se soliciten.
Dicho enlace se puede usar tanto para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor, como para disfrutar del periodo de descanso laboral correspondiente, ya sea por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento permanente o temporal superior a un año.
Si no se cuenta con certificado, puede solicitarse la baja por paternidad desde otra de las plataformas habilitadas por la Administración para la solicitud de la baja por nacimiento y cuidado del menor.
- Solicitar la baja por paternidad por correo ordinario.
También se puede descargar el formulario de solicitud, rellenarlo y enviarlo por correo ordinario, junto al resto de documentación, a la Dirección provincial del INSS que corresponda.
- Solicitar la baja por paternidad de manera presencial.
Puede tramitarse personalmente en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), a través de una cita previa y presentando la solicitud en formato papel.
Plazos para solicitar la baja por paternidad
¿Cuánto tiempo tengo para pedir la baja por paternidad? Se puede solicitar la prestación hasta 5 años después del nacimiento o adopción/acogimiento del menor.
La concesión de la baja por paternidad, que debe resolverse en un plazo máximo de 30 días desde su solicitud, da lugar a dos derechos: aquel relacionado con el periodo de descanso y el que conlleva una prestación económica.
- Cuánto dura la baja por paternidad
Desde el 1 de enero de 2021, el permiso de paternidad es igual al permiso por maternidad. Es decir, el permiso por nacimiento y cuidado del menor tiene la misma duración para ambos progenitores: 16 semanas.
Durante ese tiempo es obligatorio coger la baja por paternidad al menos las seis primeras semanas, de manera ininterrumpida y a jornada completa.
Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse en periodos semanales, seguidos o interrumpidos, dentro de los 12 meses siguientes al parto.
Este periodo de baja de paternidad podría verse ampliado una semana más en caso, por ejemplo, de nacimiento múltiple, si el hijo o hija presenta algún tipo de discapacidad o si se trata de un parto prematuro o que necesita hospitalización tras el parto.
- Cuánto se cobra durante la baja por paternidad
La baja por paternidad da derecho a una prestación económica. Esta corre a cargo de la Administración y trata de compensar a los trabajadores. Por un lado, a fin de aliviar el impacto financiero que supone el nacimiento de un menor y, por otro, debido a la ausencia durante 16 semanas del puesto de trabajo..
La prestación económica de esa baja por paternidad consiste en un ingreso equivalente al 100 % de la base reguladora del trabajador. Dicho pago se efectúa por transferencia, el último día hábil de cada mes.
Para cualquier duda o consulta, nuestros expertos en el área laboral de Palomo Consultors, SL estamos a vuestra disposición.
(Fuente: rrhhdigital.com)
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