HOY ENTRA EN VIGOR LA OBLIGACIÓN DE DISPONER DE UN REGISTRO SALARIAL, OBLIGATORIO PARA TODAS LAS EMPRESAS
Este 14 de abril entra en vigor la obligación para todas las empresas de contar con un registro retributivo de toda su plantilla. Dicho Registro Salarial deberá indicar los valores medios de los salarios, los complementos salariales y percepciones extrasalariales de toda la plantilla, incluidos el personal directivo y los altos cargos, desagregados por sexo.
El principio de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, por un trabajo de igual valor, vincula a todas las empresas según el RD 902/2020, independientemente del número de personas trabajadoras y a todos los convenios y acuerdos colectivos.
El incumplimiento por parte de la empresa de no contar con el registro retributivo puede suponer elevadas sanciones. El artículo 7.13 de la Ley LISOS determina que son infracciones graves “no cumplir las obligaciones que en medidas de igualdad establecen la Ley Orgánica 3/2007” y RD posteriores: 6/2019, 901/2020 y 902/2020.
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