OBLIGACIÓ DE MANTENIR OCUPACIÓ 6 MESOS PER ERTO

La clàusula de salvaguarda o de manteniment de l’ocupació és una mesura que afecta aquelles empreses que hagin realitzat un ERTO per força major o per causes econòmiques, tècniques, organitzatives i de producció (ETOP) i que s’hagin beneficiat d’exoneracions de quotes a la seguretat social perquè mantinguin l’ocupació durant un termini de sis mesos a comptar des de la data de represa de l’activitat després de l’aplicació dels ERTO.

La urgència amb la que es va redactar la normativa especial per fer front a la pandèmia ha deixat algunes llacunes i imprecisions que estan provocant una important inseguretat jurídica. El primer gran dubte que es va plantejar va ser quan començava a comptar el «no està permès acomiadar«.

De manera resumida, en primer lloc, aquesta clàusula només afecta a aquelles empreses que hagin realitzat un ERTO i s’hagin beneficiat de les exoneracions de quotes a la seguretat social. En sentit contrari, no totes les empreses pel simple fet d’haver realitzat un ERTO tenen l’obligació de complir aquesta clàusula.

En segon lloc, aquesta obligació de mantenir l’ocupació no impedeix acomiadar treballadors, i en el cas que  fos així, no converteix l’acomiadament en improcedent o nul de manera automàtica, sinó que l’empresa tindrà com a penalització l’obligació de retornar totes les exoneracions que hagués gaudit.

Per tant, aquesta clàusula no afecta tant al treballador, sinó al cost que haurà d’assumir l’empresa en cas que vulgui acomiadar i no hagi passat els citats sis mesos.

DES DE QUAN ES COMPUTA EL TERMINI DE 6 MESOS?

Els laboralistes coincideixen que els sis mesos es computen des que es recupera al primer empleat afectat a l’ERTO, tot i que els tribunals encara no han confirmat aquest extrem. En els ERTO de rebrot, en canvi, s’ha optat per un altre termini.

En concret, el termini de sis mesos comença a computar des de la data d’efectes de la represa de la seva activitat. A aquest efecte:

  • Si ha tramitat un ERTO de suspensió de contractes, el termini comença a computar des de la desafectació del treballador. Si va desafectar un empleat perquè passés d’un ERTO de suspensió a un de reducció de jornada, el termini també s’inicia en aquest moment (segons la llei, també s’entén com a data de represa de l’activitat la data de reincorporació parcial).
  • En un ERTO de reducció de jornada, el termini comença a computar des que s’amplia el percentatge de jornada treballada.

Atenció. En tot cas, el manteniment de l’ocupació només afecta a treballadors inclosos en l’ERTO. És a dir, si la seva empresa té tres empleats i únicament va suspendre el contracte d’un d’ells, només està obligat a mantenir l’ocupació d’aquest treballador.

TERMINIS ESPECÍFICS

  • Si la seva empresa va tramitar un ERTO per causes econòmiques, tècniques, organitzatives o de producció (ETOP) i només va poder aplicar les exoneracions en les cotitzacions de juliol, agost i setembre, el termini de sis mesos es va iniciar el 27 de juny de 2020. Això significa que haurà de mantenir en l’ocupació als afectats fins al 27 de desembre de 2020.
  • Si després del 1 d’octubre manté vigent un ERTO amb exoneracions, queda subjecte a un nou període de sis mesos de compromís de manteniment de l’ocupació. Si a aquesta data ja estava afectat per un compromís de sis mesos anterior, els terminis se sumen. Per exemple, si va sol·licitar un ERTO el 15 de març de 2020 i va desafectar un treballador el 1 de juny, el compromís acabava l’1 de desembre. Ara bé, si ha continuat aplicant exoneracions des de l’1 d’octubre, s’amplia el compromís fins a l’1 de juny de 2021 (sis mesos a partir del moment en què finalitzava el compromís anterior).

CONSEQÜÈNCIES DE L’INCOMPLIMENT

Les conseqüències de l’incompliment d’aquest compromís d’ocupació suposarà per a l’empresa l’obligació de retornar la totalitat de les exoneracions percebudes per l’empresa, no sols del treballador o treballadors dels quals s’incompleixi, sinó la de tots els treballadors implicats amb el recàrrec i els interessos que es generin.

D’acord amb el Criteri de la Direcció General de la Inspecció de Treball i Seguretat Social de 6 de desembre de 2020, s’ha establert que les empreses que incompleixin el compromís de mantenir l’ocupació durant el termini de sis mesos des de la data de represa de l’activitat i en els termes establerts en la disposició addicional sisena del Reial decret llei 8/2020, de 17 de març, hauran de reintegrar la totalitat de l’import de les quotes que, per aplicació de les diferents exoneracions vigents a cada moment, haguessin deixat d’ingressar, al marge del nombre de treballadors afectats per l’incompliment del manteniment de l’ocupació.

Atenció. Segons el criteri de la Direcció General de la Inspecció de Treball i Seguretat Social, amb independència del nombre de treballadors sobre els quals s’incompleixi el compromís de manteniment d’ocupació associada a l’ERTO s’han de retornar la totalitat de les cotitzacions exonerades. És a dir, si una empresa que ha realitzat un ERTO COVID-19 acomiada un sol dels empleats afectats en els sis mesos següents a la seva reincorporació, haurà de retornar les exoneracions realitzades sobre tots els  treballadors afectats per l’ERTO. La devolució inclouria tot el període de l’ERTO. De moment no s’ha publicat la nota informativa, ni hi ha cap pronunciament per part del Ministeri de Treball, ni el Ministeri de Seguretat Social.

Els tribunals encara no s’han pronunciat sobre aquest tema, i caldrà veure quina serà la interpretació i ponderació de la norma.

Per a més informació es poden posar en contacte amb el nostre despatx professional.

Moltes gràcies.

LA FORMACIÓN A MEDIDA SERÁ UNA DE LAS CLAVES EN 2021 PARA LA ADAPTACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS TRAS LA PANDEMIA

El principal objetivo de las compañías de cara a 2021 será revertir las consecuencias negativas derivadas de la pandemia. En este escenario, la formación a medida será una aliada indispensable, ya que potenciará la capacidad de adaptación de los negocios y los impulsará en su Transformación Digital

Este año que termina ha dejado un panorama empresarial asolado a causa de la COVID-19. Sin embargo, ahora a las puertas de 2021, es momento de seguir buscando soluciones y generar nuevas oportunidades. Según los expertos, formar a las personas de la organización es una de las palancas que pueden minimizar o incluso revertir la situación si las compañías escogen la formación apropiada a su negocio y situación y la dirigen correctamente a cada uno de sus profesionales.

Además, a lo largo de este año se han descubierto grandes carencias relacionadas con las capacidades organizativas, comunicativas o de seguridad, entre otras, totalmente incompatibles con la deslocalización de los puestos de trabajo, cuestiones que imposibilitan la Transformación Digital y el éxito de los negocios.

Razón por la que M2i Formación, grupo internacional líder en formación Digital, IT y Management y expertos en consultoría, ofrece a las compañías planes formativos a medida que puedan ayudarles, independientemente de su tipología, a mejorar su situación actual e incluso superar sus objetivos iniciales.

La compañía augura para 2021 que habrá una mayor demanda de la formación especializada en ciberseguridad y de tecnologías digitales concretas asociadas al teletrabajo y a las comunicaciones online. Sin embargo, cree que no es suficiente y el enfoque puede ser erróneo.

“Desde M2i, creemos necesario que las compañías se replanteen su situación de cara al próximo año (incluso a medio-largo plazo) e inviertan en formaciones que les ayuden desde una perspectiva global y no en cursos asilados, ya que podrían ser solo “parches” que no ataquen a la raíz del problema”, asegura Laura García, Directora de M2i Formación España.

En este sentido, M2i recomienda itinerarios formativos que incluyan formaciones que garanticen la seguridad de las compañías (CEH, CCISO, CHEFI, concienciación…), pero que además potencien la mejora continua (ITIL, PMP, CAPM…), creen equipos ágiles (Scrum, Lean, DevOps, SAFe…), ayuden a alcanzar sus certificaciones técnicas, desarrollen su potencial digital (Analítica digital, Marketing digital, Cultura digital…), fomenten las habilidades individuales de los empleados (gestión de equipos, coaching, desarrollo comercial, desarrollo profesional…), etc. Todo aquello que forme parte de una estrategia digital clara enfocada hacia el éxito.

“Puede parecer complejo abordar aspectos tan variados, sin embargo, es posible gracias a la maximización de los esfuerzos e inversión y a la planificación derivada de un estudio exhaustivo previo. Muchas compañías todavía no son conscientes de que la correcta formación crea oportunidades de negocio, equipos fuertes y ampliamente comunicativos totalmente capaces de adaptarse a nuevas situaciones, minimiza la rotación de los empleados, etc. Cuestiones totalmente necesarias para entrar en el terreno de la competitividad empresarial”, explica García.

Y es que la poca capacidad de adaptación de las compañías puede agravar la magnitud de los daños derivados de una crisis sufrida como la provocada por la pandemia. “La realidad—cierra García—es que, si las organizaciones hubieran contado con planes formativos adecuados, seguro que habría sido mucho más fácil habituarnos y reponernos a los efectos de la COVID-19. Ahora, con lo aprendido, invirtamos en aquello que necesitamos: formación de calidad, para estar siempre bien preparados y que no vuelva a ocurrir”.

Contacta con Palomo Consultors, sin ningú compromiso, para valorar tu plan de formación anual. Porque la formación marca la diferencia. Por una mejora contínua…

(Fuente: POR RRHHDigital)

DESCUBRE CUATRO DE LOS PERFILES MÁS DEMANDADOS PARA 2021

LOS RELACIONADOS CON EL ÁMBITO DEL MARKETING DIGITAL GANAN TERRENO Y SE POSICIONAN COMO LOS MÁS BUSCADOS DE CARA AL PRÓXIMO AÑO

En el último año, los cambios en el ámbito laboral han puesto a prueba la capacidad de adaptación de las empresas. El auge del teletrabajo, en algunas ocasiones, ha supuesto un reto para muchas compañías, que han tenido que hacer un gran esfuerzo por mantenerse a la vanguardia de los cambios.

Como consecuencia directa de esta transformación, las empresas están demandando nuevos perfiles de cara a afrontar el próximo año. Y como no podía ser de otra forma, los más solicitados son aquellos involucrados con el mundo digital; especialmente perfiles especializados en marketing digital, que ganan terreno frente a los tecnológicos más tradicionales.

Selligent Marketing Cloud, compañía líder de marketing automation que permite a las marcas B2C comunicarse con sus consumidores, ha definido los perfiles digitales con más proyección de cara a 2021:

DIGITAL MARKETING MANAGER

En un momento en que todo se ha trasladado al mundo digital, crear ocasiones de negocio a través de buenas campañas de marketing se ha erigido como la estrategia preferida de las empresas para llegar a sus potenciales clientes.

Respondiendo a estas necesidades, el perfil del Digital Marketing Manager se cuela, un año más, en la lista de profesionales más solicitados, según el estudio Top 25 Profesiones Digitales 2020 realizado por Inesdi, que este año también ha abordado cuáles van a ser las profesiones más solicitadas en un mundo post-coronavirus.

Encargado de la creación e implementación de las campañas de marketing, este profesional debe tener un amplio conocimiento tanto de la empresa como del sector en el que trabaja para poder ajustar las acciones del plan al ámbito y target que quiere alcanzar.

Ahora mismo la comunicación digital es primordial. Es importante ofrecer planes de marketing bien estructurados, enfocados al mundo digital en el que nos movemos. Con la interacción física por ahora restringida, la tecnología al servicio del marketing juega un papel clave. Y contar con expertos en este ámbito, puede marcar la diferencia”, apunta Rafa Romero, responsable de Selligent Marketing Cloud.

CHIEF DIGITAL OFFICER (CDO)

Muchas empresas se han tenido que subir al tren de la digitalización de forma inesperada. Esto ha hecho que el proceso de conversión, en muchas ocasiones, haya sido deficiente. Con el objetivo de transformar digitalmente a las empresas, surge el perfil del Chief Digital Officer. Este profesional tiene como tareas principales la creación de nuevas oportunidades de negocio y la oferta de servicios digitales a los clientes.

Es muy importante no confundir el papel que juega el Chief Digital Officer con el que desempeña el responsable de Marketing Digital: el CDO se enfoca en integrar herramientas digitales en diferentes áreas de la empresa para aumentar su productividad y rentabilidad.

ESPECIALISTA EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL

La Inteligencia Artificial se ha convertido en una herramienta de gran valor para las empresas que apuestan por la innovación digital en sus diferentes áreas. Una herramienta digital compleja, que necesita un profesional altamente cualificado que sepa manejarse correctamente.

El mundo del marketing digital también está sabiendo aprovechar los beneficios que aporta la IA aplicada a las campañas digitales. Sobre todo, para aprender del comportamiento de los consumidores y ofrecerles comunicaciones personalizadas acordes con sus gustos y preferencias.

“En Selligent aplicamos la inteligencia artificial y el machine learning en nuestras campañas omnicanal. Nuestros algoritmos analizan los datos en tiempo real, aprendiendo de la información de los consumidores”, comenta Rafa Romero, Sales Director de Selligent Marketing Cloud Ibérica. “Gracias a herramientas como Selligent Cortex, que utilizan este tipo de tecnología, las empresas pueden sacar el máximo partido a los datos de sus clientes, con el fin de aumentar la conversión y el engagement”.

CONSULTOR CLOUD

El teletrabajo ha comprometido también la forma de trabajar de las empresas. Y aunque muchas compañías ya estaban utilizando servicios en la nube para almacenar los datos, facilitando el acceso a todos los empleados en cualquier momento y lugar, el cambio al teletrabajo ha potenciado la adopción de este tipo de herramientas.

En este sentido, otro de los perfiles en auge es el de Consultor Cloud. Este profesional tiene que ser capaz de diseñar las mejores soluciones cloud para cada organización, asegurando también el correcto funcionamiento de la red.

(Fuente: POR RRHHDigital)

LAS EMPRESAS ESPAÑOLAS INVIRTIERON CERCA DE 1.500 MILLONES DE EUROS EN RSE DURANTE 2019

La Fundación SERES y la firma de servicios profesionales Deloitte han presentado la VII edición del Informe SERES-Deloitte, que mide el impacto y la contribución real de las empresas a la sociedad a través de un modelo de análisis basado en cinco ejes (económico, organizacional, relacional, social y persona). En la edición de este año, las compañías han aportado los resultados de su actividad en materia de responsabilidad social empresarial (RSE) en 2019.

Entre las principales novedades extraídas del informe, destaca que la inversión en RSE de las empresas durante el año anterior llegó a 1.429 millones de euros. En lo que respecta a la inversión total en los proyectos según la tipología de la compañía, destaca la inversión realizada por las empresas dedicadas al sector de la tecnología y de las finanzas, con un 30% y un 26% respectivamente. 

Francisco Román, presidente de la Fundación SERES, ha declarado en la presentación del informe que “la séptima edición de este informe, fruto de la colaboración con Deloitte y como apuesta decidida por medir el valor social, pone de manifiesto que hoy en día no hay opción. Las empresas de éxito son las que hacen coincidir sus intereses con los de la sociedad. Y eso significa una única estrategia, más social. Estamos convencidos, y la experiencia nos dice, de que las organizaciones pueden contribuir significativamente al desarrollo económico, social o medioambiental, ya sea a través de sus operaciones o de la creación de cadenas de valor. La empresa tiene capacidades para llevar a cabo un reto ambicioso: generar soluciones eficientes, eficaces y escalables al tiempo que sostenibles. La pandemia ha cambiado el mundo que conocíamos y seguramente abre paso a un orden diferente, una gran disrupción que como casi todos los cambios de paradigma supone también nuevas oportunidades para estar a la altura, innovar, mejorar y aprender”.

Por su parte, Fernando Ruiz, presidente de Deloitte, ha afirmado que “las circunstancias tan extraordinarias que estamos viviendo, hacen que este año sea más necesario que nunca poner en valor el alcance social de nuestra actividad como organizaciones. Se trata de una crisis sin precedentes, desconocida, una crisis sanitaria inicialmente alejada de la actividad económica pero que en cuestión de semanas ha impactado de manera muy profunda en todos los sectores de actividad, en todas las estructuras organizativas y en toda la sociedad a escala global. La colaboración de SERES y Deloitte ha permitido seguir el impacto que esta situación ha generado en las empresas y este informe es un complemento a toda vuestra contribución desde la aparición del COVID”.

En julio de este año, la Fundación SERES y Deloitte publicaron un informe sobre el impacto social de las empresas frente a la COVID-19, que analizó la aportación de 158 organizaciones españolas para abordar los retos sociales y minimizar las brechas que se abrieron tras la emergencia sanitaria y su posterior crisis.

Las empresas siguen enfocadas en el bienestar social

El 86% de los proyectos realizados por las empresas analizadas han sido en el ámbito de cobertura de necesidades sociales, destacando especialmente su preocupación por ámbitos como la educación, la salud y el bienestar social.

Desde el punto de vista de la tipología de empresas participantes en el informe, en el 2019, las empresas de finanzas han destacado por su volumen de proyectos, con un 29% del total de proyectos desarrollados, lo que supone un total de 3.715 iniciativas. Luego, vienen las compañías de energía (12%), aunando un total de 1.567 proyectos.

En cuanto a los colectivos a los que se dirigen los proyectos de RSE, se han identificado 57 millones de beneficiarios de las actuaciones desarrolladas por las 76 empresas que han participado en el estudio de esta edición, agrupando tanto a beneficiarios directos (89%) como a indirectos (11%).

En palabras de Ana Sainz, directora general de la Fundación SERES, “nos obsesiona que siempre haya valor para todos y que esté integrado en la estrategia de las compañías manteniendo el foco en las personas. Por eso buscamos medir ese valor y las siete ediciones de este informe una excelente fotografía de un tejido empresarial comprometido socialmente. Un sector privado responsable es indispensable para el crecimiento, la productividad, la innovación y la creación de empleo, todos ellos generadores de desarrollo y oportunidades. La emergencia sanitaria ha evidenciado aún más la necesidad de aplicar una visión a largo plazo, un liderazgo responsable y entenderlo como factores estratégicos en las compañías. Estamos hablando de que llegó el momento de las compañías socialmente comprometidas. Una transformación silenciosa hacia una sociedad más sana con empresas más fuertes en cooperación con los demás agentes”.

El compromiso social de las empresas 

El impulso de la estrategia de RSE y la implementación de sus políticas tiene un impacto directo en las organizaciones y en las personas que las conforman. Esta edición pone de manifiesto que se mantiene la alta participación de trabajadores en el desarrollo de proyectos de RSE, llegando a 184.046 empleados, lo que supone el 11% de sus plantillas.

En esta misma línea, un tercio de las empresas cuentan con más del 30% de empleados involucrados en actividades de RSE. Así, en 2019 más de 184.046 empleados de las empresas analizadas participaron activamente en programas de RSE.

Además, el 80% de las empresas analizadas ofrece internamente programas de voluntariado corporativo, con un total de 167.741 951 empleados voluntarios, lo que representa un aumento del 22% con relación al 2018.

En términos generales, el 87% de las compañías involucra a sus empleados en sus actuaciones de RSE, mientras que el 76% realiza actividades de RSE a nivel internacional. 

Marciala de la Cuadra, socia de Consultoría Estratégica de Deloitte y responsable del informe, concluye que “desde el punto de vista interno de las empresas que promueven la sensibilización de la responsabilidad social entre las personas que conforman su organización, se aprecia una tendencia clara de generalización de políticas vinculadas a la ética empresarial y beneficios sociales para los trabajadores, tales como la conciliación, la cobertura médica u otras similares”.

Los ODS mantienen un alto índice de implementación

En materia de incorporación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en su estrategia de RSE, el 92% de las empresas participantes en este estudio afirman contemplar estos principios.

Entre las cifras más destacadas en este ámbito, resalta que 8 de cada 10 compañías fomentan el trabajo decente y el crecimiento económico, mejorando la calidad de vida de sus trabajadores y de su entorno, un 33% más que en la pasada edición.

Además, el 71% de las empresas participantes fomentan la educación de calidad, posicionándose como uno de los ODS que más relevancia han obtenido en el último año. Por otro lado, el 67% de las compañías analizadas trabajan en la búsqueda de avances en relación con la igualdad entre los géneros, reduciendo la discriminación y la violencia de género.

 

(Fuente: www.rrhhdigital.com)

EL DESPIDO SIN CAUSA FUNDADA SE DEBE DE CALIFICAR COMO IMPROCEDENTE Y NO DE NULO

El despido realizado a pesar de la prohibición por Covid-19 es improcedente.

Cuando el empresario extingue el contrato laboral de un trabajador de manera infundada, éste sigue manteniendo su causa y, por tanto, nunca se debe declarar despido nulo, sino que en estos casos, se ha de aplicar la declaración de improcedencia en el mismo.

Así, lo determina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, en sentencia de 19 de noviembre de 2020, en la que se determina que el despido no es un negocio jurídico abstracto, puesto que una cosa es la causa del contrato laboral (como función económica y social), y otra bien distinta son las causas del acto extintivo.

A este respecto, Alfredo Aspra, socio responsable del Departamento Laboral de Andersen, explica que «se trata de una sentencia imprescindible por su trascendencia, de una gran relevancia. Estima que el despido sin causa es improcedente y nunca puede ser declarado nulo. Serviría en pro de esta tesis, sin juzgarlo en sí, que los despidos del artículo 2 del Real Decreto- Ley 9/2020 (prohibición de despido en legislación laboral Covid-19) deben calificarse improcedentes y no nulos».

Dos ámbitos del despido

El ponente, el magistrado Pérez-Beneyto Abad, dictamina que el empresario acepte la improcedencia del despido no significa que «el sistema de causalidad desaparezca: la calificación de procedencia, improcedencia y nulidad son normas de ejecución procesal sustantivizadas en aras al principio de economía procesal».

«Un despido no es un negocio jurídico abstracto, sino que debe ser causalizado»

Por ello, considera que la calificación de nulidad o improcedencia, no afecta a la naturaleza causal de la decisión de despedir, sino que queda circunscrita a una dimensión procesal (ejecutoria) ya que se diferencia el negocio jurídico en que consiste la decisión de poner fin al contrato, de las medidas dirigidas a exigir al empresario incumplidor las consecuencias de su comportamiento ilícito.

La sentencia deslinda los dos ámbitos del despido, el sustantivo y el procesal. Así, y desde el punto de vista sustantivo, el magistrado considera que un despido no es un negocio jurídico abstracto, sino que debe ser causalizado, pudiendo entenderse la causa bien como función económica y social del negocio; o bien como justa causa del acto extintivo del contrato de trabajo.

En la medida en que la causa no tiene atribuida una naturaleza meramente formal, la calificación de improcedencia del despido y la consiguiente responsabilidad del empresario tiene su origen, en que existe un sistema causal, y en el caso, este no se ha respetado.

Razona el magistrado que es precisamente de ello de lo que nace la responsabilidad del empresario, – por la omisión del sistema causal , y por el hecho de que no se ha respetado, siendo correcta la calificación de improcedencia.

Y concluye recordando que no existe la posibilidad de una interpretación constitucional de la ley, de la que se pretenda derivar como conclusión que la falta de mención de causa conlleva la nulidad, tal y como se falló en la sentencia del Tribunal Constitucional 185/2004.

El despido radicalmente nulo por fraude de ley, de creación jurisprudencial desde 1988, dejó de ser aplicada a partir de la sentencia del TS de 2 de noviembre de 1993, al desaparecer de la Ley de Procedimiento Laboral de 1990. Ante los defectos en la comunicación del despido la ley, sin más requisitos, dispone la calificación de improcedente, y en consecuencia impone la condena alternativa a la readmisión o a la indemnización.

(Fuente: https://www.eleconomista.es/legislacion)

L’EMPRESA QUE ACOMIADI UN EMPLEAT EN ELS SIS MESOS DESPRÉS D’UN ERTO HA DE TORNAR LES EXONERACIONS DE TOTA LA PLANTILLA

Les empreses que acomiadin un treballador durant els sis mesos després d’haver sortit d’un expedient de regulació temporal d’ocupació (ERTO) hauran de tornar les exoneracions de la Seguretat Social de tota la plantilla que hagi estat inclosa en l’expedient temporal i amb recàrrecs, no només les de l’empleat acomiadat. Així ho ha comunicat la direcció general de Treball en un document al qual ha tingut accés l’ARA a la direcció general d’Inspecció de Treball davant dels dubtes que aquest últim organisme tenia sobre la redacció de la normativa.

Concretament la llei diu que «les empreses que incompleixin aquest compromís (el manteniment del lloc de treball durant sis mesos des que l’empleat torna a la seva activitat) hauran de tornar la totalitat de l’import de les cotitzacions que se’ls va exonerar, amb el recàrrec i els interessos de demora corresponents».

L’ambigüitat de l’escrit va fer que Inspecció de Treball consultés a la direcció general, que és la que s’encarrega de fer les interpretacions de les normatives, si aquesta «totalitat de l’import de les cotitzacions» es referia només al del treballador acomiadat o al de tota la plantilla. La conclusió de l’organisme estatal és clara: «La literalitat [de l’escrit] porta en principi a interpretar que la pèrdua dels beneficis ha de ser total, al marge del nombre de treballadors afectats per l’incompliment del manteniment del treball». I conclou: «Les empreses que incompleixin aquest compromís hauran de reintegrar la totalitat de l’import de les cotitzacions del qual va ser exonerades».

«Les empreses que incompleixin aquest compromís hauran de reintegrar la totalitat de l’import de les cotitzacions del qual va ser exonerades», diu la direcció general de Treball

La direcció general de Treball dona tres motius més per avalar la seva decisió. El primer, «el caràcter excepcional de la mesura», les exoneracions, que precisament té com a «objectiu capital la preservació del treball». El segon, que «no es tracta d’una sanció» i per això considera que no s’han d’aplicar «criteris de proporcionalitat». I el tercer apel·la a «l’objectiu» de la mesura: «Garantir la feina a aquells empleats respecte els quals ha calgut adoptar mesures temporals per la situació de crisi i que l’empresa torni a la situació prèvia o de partida [a la pandèmia]».

Per l’advocat laboralista de Lefebvre Robert Gutiérrez, i pel  d’Augusta Abogados Pere Vidal, la decisió de la direcció general és «totalment desproporcionada». «Això vol dir que si una empresa que va fer un ERTO de 500 treballadors n’acomiada només un haurà de tornar les exoneracions i els recàrrecs de tota la plantilla. Això suposarà el tancament de moltes companyies», lamenten.

«És una decisió totalment desproporcionada», denuncien els advocats laboralistes Gutiérrez i Vidal

Tot i que la normativa és nova i per tant no té precedents judicials –expliquen–, sí que la justícia s’ha pronunciat en casos similars en què les companyies han rebut subvencions per contractar personal. «El Tribunal Suprem, per exemple, va sentenciar el 14 de febrer del 1997 en cas d’una empresa que va rebre una subvenció per contractar una persona minusvàlida amb la condició que no fos acomiadada durant 3 anys, que només tornés la subvenció proporcional al temps incomplert», detallen els dos lletrats. El 10 de desembre del 2015 a la Rioja en un cas similar a l’anterior, la sentència resolia que «l’incompliment parcial per l’empresa dona dret a imposar la devolució de la bonificació de forma parcial en aplicació del criteri de proporcionalitat», també recorden els dos lletrats.

Posa en perill la viabilitat de moltes empreses

La patronal Pimec ja ha emès un comunicat en què qualifica d'»abusiva i desproporcionada» la interpretació de la direcció general de Treball. Alerta que això pot comportar la fallida de moltes empreses i la pèrdua de molts més llocs de treball. Com que es tracta d’una interpretació tècnica, Pimec reclamarà una modificació legislativa als ministeris afectats perquè amb la màxima urgència i per la via d’un reial decret llei, es puguin donar les directrius per a una interpretació raonable. Finalment anuncia que emprendrà «les accions necessàries» per preservar els interessos de les petites i mitjanes empreses.

La patronal també insisteix que l’afectació hauria de ser només «cas a cas» i no per a la totalitat de la plantilla. «Aquesta proporcionalitat s’ha de recollir tant en l’import a retornar com per raó de dimensió de l’empresa, que és també determinant en aquests casos», apunta Pimec.

(Font: www.ara.cat/economia)

EL SECTOR DEL AUTOMÓVIL REITERÓ AYER QUE LA SUBIDA DEL IMPUESTO DE MATRICULACIÓN EN EL 2021

El sector del automóvil reiteró ayer que la subida del impuesto de matriculación en el 2021 puede tener un “efecto catastrófico” y lamentó el rechazo de la enmienda presentada por el PDECat a los presupuestos generales del Estado para evitar un aumento del precio de los coches de entre 500 y 850 euros. Las principales organizaciones del sector, entre ellas Anfac y Faconauto, han apelado al presidente del Gobierno, para que evite un daño industrial y social que consideran que puede ser “irreparable”.

LOS ERTE DEJARÁN A MUCHOS CONTRIBUYENTES CON DOS PAGADORES EN 2020

Los ERTE dejarán a muchos contribuyentes con dos pagadores en 2020, lo que puede obligar a presentar declaración a ingresar, aunque se haya cobrado menos que en 2019. Los ERTE también tienen un impacto considerable en las prestaciones por maternidad. En este caso en que se suspende el contrato de trabajo, se pierde la deducción durante los meses en que dure el ERTE, también para las autónomas en los meses en que hayan cerrado su negocio. Y sucede lo mismo con las deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. En caso de ERTE de reducción de jornada, la deducción se mantiene intacta ya que se continúa realizando una actividad. El teletrabajo durante la pandemia ha agitado el debate de si la entrega de ordenadores, móviles, tabletas o sillas ergonómicas, y el pago de dinero para la compensación de los gastos de internet y luz deben considerarse o no como retribución en especie. La Dirección General de Tributos tiene previsto pronunciarse al respecto antes de que acabe el año…

ESPAÑA SE PREPARA PARA RECIBIR UN ALUVIÓN AYUDAS EUROPEAS

España se prepara para recibir un aluvión ayudas europeas que el Gobierno prevé comenzar a canalizar a través de los Presupuestos Generales del Estado para 2021 impulsando una serie de proyectos que ayuden al país a dejar atrás la crisis del Covid-19 y a modernizar su economía. La Moncloa viene diseñando en las últimas semanas un protocolo de gestión que busca multiplicar por cuatro el impacto de los fondos en la economía potenciando los modelos de colaboración público-privada. El plan ha sido ya recogido en el borrador del llamado “Real Decreto-ley por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”, cuya versión definitiva está previsto que sea aprobada por el Consejo de Ministros en las próximas semanas.

¿CÓMO SERÁN LOS RRHH EN 2021?

Los recursos humanos evolucionarán en 2021. La mayoría de las empresas, según indican desde Factorial, una compañía de software y servicios especializada en la gestión de problemas de RR.HH, seguirán adoptando las estrategias que funcionaron bien durante el confinamiento.

Las videollamadas, los servicios en la nube o las teleconferencias harán evolucionar a los departamentos de Recursos Humanos el próximo año. Una de las mayores tendencias es la que tiene que ver con el liderazgo a distancia. La distancia de seguridad impuesta por la Covid-19 hace que se tengan que mantener las distancias entre los trabajadores.

Uno de los desafíos de los departamentos de RRHH debido a las distancias impuestas tiene que ver con la forma en la que se aplicarán nuevas maneras de dirigir equipos, sobre todo de forma remota.

Las compañías han tenido que reestructurar sus políticas para que se puedan desarrollar los roles de los empleados a través de plataformas virtuales. Los líderes del futuro tendrán habilidades digitales.

NOVEDADES RRHH en 2021

La estrategia de onboarding también ha sufrido modificaciones. Aquí, se implementará la inteligencia artificial para clasificar datos y ayudar a aumentar la productividad.  La IA ayuda a los profesionales encargados de la gestión de talento en la adquisición de personal, gracias a la capacidad de analizar, predecir y diagnosticar comportamientos.

Otra de las novedades en la gestión de los RR.HH para el próximo año tendrá que ver con  la consolidación del employee experience. Los expertos aseguran que será el eje tangencial de toda organización. ¿Esto qué quiere decir? Que se tratará de mejorar la experiencia del empleado en la empresa. Y eso es porque los empleados contentos son sinónimo no solo de personas saludables, sino más productivas, fieles a la empresa, comprometidas con objetivos globales a largo plazo y dispuestas a permanecer durante períodos de tiempo extendido.

Del mismo modo, se apostará por el Big Data. Uno de sus usos tendrá que ver con evitar que los empleados quieran dejar la empresa. A través de los datos se podrán conocer cuáles son las motivaciones de los trabajadores para quedarse en la compañía.

(Fuente: www.rrhhdigital.com)