PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO

Les informamos que la Inspección de Trabajo está llevando a cabo una intensiva campaña para la comprobación de la existencia en las empresas de tales protocolos.

La inmensa mayoría de empresarios y directivos desconoce que la existencia de un protocolo de esas características es absolutamente obligatorio, con independencia del tamaño y número de trabajadores/as que compongan la plantilla de la empresa, debido a la falsa creencia de que tan sólo deben disponer de él las que cuentan con 250 o más trabajadores obligadas,  por  tanto,  a  disponer  también  y  además  de  un Plan de Igualdad negociado con la representación legal de los trabajadores.

Si ese es su caso, le invitamos a que se ponga en contacto lo  más  rápidamente  posible  con  nuestro despacho,  y les informaremos  sobre  su  contenido  y,  si lo desean, nos ocuparemos  de  su elaboración.

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AYUDAS 2015 ELABORACIÓN E IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD

Plazo presentación: 15 días hábiles, contados a partir del día 28-04-2015 (hasta 15-05-2015)
Se podrá presentar por vía electrónica, en la dirección es https://sede.msps.gob.es. Para la presentación de solicitudes por vía electrónica será necesario disponer de un certificado digital.

Objeto: subvenciones a PYMES y entidades de entre 30 y 250 trabajadores que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de acuerdo con lo dispuesto en el art.49 de la LO 3/2007. Implantación voluntaria.
Plazo para la realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre la fecha de la resolución de concesión y el 31-08-2016.
BENEFICIARIOS: empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones de entre 30 y 250 trabajadores que adopten por 1ª vez un plan de igualdad.
No podrán ser beneficiarias aquellas PYMES o entidades de entre 30 y 250 trabajadores que previamente a la fecha de publicación de esta convocatoria hayan elaborado un plan de igualdad, con independencia de que hayan obtenido o no subvenciones o ayudas públicas para dicha finalidad.
Requisitos: elaboración e implantación de un plan de igualdad tendente a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo en las pymes y otras entidades.
Los planes de igualdad deberán impulsar principalmente acciones en relación con:
a) Área de acceso al empleo.
b) Área de condiciones de trabajo.
c) Área de promoción profesional y formación.
d) Área de ordenación del tiempo de trabajo.
e) Área de prevención y actuación frente del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
f) Uso no discriminatorio del lenguaje, la comunicación y la publicidad.
Gastos subvencionables: el importe total, sin incluir el IVA, de los gastos especificados a continuación y con un máximo de 10.000€ cada subvención. Una única ayuda para cada entidad.